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Documento DOUE-L-1982-80352

Reglamento (CEE) nº 2295/82 de la Comisión, de 12 de agosto de 1982, por el que se deroga el Reglamento (CEE) nº 2819/79 en lo que se refiere a los hilados de algodón (categoría 1) originarios de Turquía.

Publicado en:
«DOCE» núm. 245, de 20 de agosto de 1982, páginas 25 a 26 (2 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1982-80352

TEXTO ORIGINAL

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ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 12/08/1982
  • Fecha de publicación: 20/08/1982
  • Fecha de entrada en vigor: 21/08/1982
  • Aplicable hasta el 31 de diciembre de 1982.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE SUSTITUYE el Anexo, por Reglamento 3928/87, de 15 de diciembre (Ref. DOUE-L-1987-81590).
  • SE MODIFICA el art. 1, por Reglamento 2363/87, de 3 de agosto (Ref. DOUE-L-1987-80999).
  • SE PRORROGA:
  • SE SUSTITUYE el párrafo Tercero del art. 1, por Reglamento 3581/82, de 23 de diciembre (Ref. DOUE-L-1982-80573).
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 2 del Reglamento 2819/79, de 11 de diciembre (Ref. DOUE-L-1979-80367).
Materias
  • Algodón
  • Certificaciones
  • Importaciones
  • Productos textiles
  • Turquía

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