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Ley 39/1992, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1993.

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 29/12/1992
  • Fecha de publicación: 30/12/1992
  • Fecha de entrada en vigor: 01/01/1993

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE PRORROGA:
    • lo indicado de la disposición final 3, para el ejercicio 2016, por Ley 48/2015, de 29 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11644).
    • lo indicado de la disposición final 3, para el ejercicio 2015, por Ley 36/2014, de 26 de diciembre (Ref. BOE-A-2014-13612).
    • lo indicado de la disposición final 3, para el ejercicio 2014, por Ley 22/2013, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-2013-13616).
    • lo indicado de la disposición final 3, para el ejercicio 2013, por Ley 17/2012, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2012-15651).
    • lo indicado de la disposición final 3, para el ejercicio 2012, por Ley 2/2012, de 29 de junio (Ref. BOE-A-2012-8745).
    • lo indicado en la disposición final 3, para el ejercicio 2012, por Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-2011-20638).
    • lo indicado en la disposición final 3, para el ejercicio 2011, por Ley 39/2010, de 22 de diciembre (Ref. BOE-A-2010-19703).
    • lo indicado de la disposición final 3, para el ejercicio 2010, por Ley 26/2009, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-2009-20765).
    • lo indicado de la disposición final 3, para el ejercicio 2009, por Ley 2/2008, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-2008-20744).
    • lo indicado de la disposición final 3, para el ejercicio 2008, por Ley 51/2007, de 26 de diciembre (Ref. BOE-A-2007-22295).
    • lo indicado de la disposición final 3, para el ejercicio 2007, por Ley 42/2006, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2006-22865).
    • lo indicado de la disposición final 3, para el ejercicio 2006, por Ley 30/2005, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2005-21525).
    • lo indicado de la disposición final 3, para el ejercicio 2005, por Ley 2/2004, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2004-21688).
    • lo indicado de la disposición final 3, para el ejercicio 2004, por Ley 61/2003 de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-2003-23935).
  • SE DEROGA el art. 63, por Ley 62/2003, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-2003-23936).
  • SE PRORROGA lo indicado de la disposición final 3, para el ejercicio 2003, por Ley 52/2002 de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-2002-25411).
  • SE DECLARA en el Recurso 938/1993, que el párrafo 2 de la disposición adicional 23, no se ajusta al orden constitucional de competencias, por Sentencia 95/2002, de 25 de abril (Ref. BOE-T-2002-9782).
  • SE PRORROGA:
    • lo indicado de la disposición final 3, para el ejercicio 2002, por Ley 23/2001 de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2001-24964).
    • lo indicado de la disposición final 3, para el año 2001, por Ley 13/2000, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2000-24265).
    • lo indicado de la disposición final 3, para el año 2000, por la Ley 54/1999, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-1999-24785).
    • lo indicado de la disposición final 3, para el año 1999, por Ley 49/1998, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1998-30154).
    • la Facultad de la disposición final tercera, para el año 1998, por Ley 65/1997, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-1997-28052).
    • la Facultad de la disposición final tercera, para el año 1997, por Ley 12/1996, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1996-29116).
    • la Facultad de la disposición final tercera, para el año 1996, por Real Decreto-ley 12/1995, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-1995-27964).
    • la Facultad de la disposición final tercera, para el año 1995, por Ley 42/1994, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1994-28968).
  • SE DEROGA el art. 19 y la disposición adicional 12, por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (Ref. BOE-A-1994-14960).
  • SE PRORROGA lo indicado de la disposición final tercera, por Ley 21/1993, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-1993-31087).
  • SE DICTA EN RELACIÓN sobre Créditos Extraordinarios a las Secciones 32 y 33, para Financiación: Ley 20/1993, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-1993-31086).
  • SE DEROGA los Párrafos 1 y 2 del art. 10.5, por Real Decreto-ley 16/1993, de 1 de octubre (Ref. BOE-A-1993-24299).
  • SE DESARROLLA la disposición adicional Séptima, por Real Decreto 736/1993, de 14 de mayo (Ref. BOE-A-1993-14211).
  • SE DEROGA el art. 73, por Ley 3/1993, de 22 de marzo (Ref. BOE-A-1993-7730).
  • SE DESARROLLA el art. 97, por Orden de 4 de marzo de 1993 (Ref. BOE-A-1993-6629).
  • SE MODIFICA los anexos III y VII, por Real Decreto-ley 3/1993, de 26 de febrero (Ref. BOE-A-1993-5716).
  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 38, de 13 de febrero de 1993 (Ref. BOE-A-1993-4117).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • sobre normas de cotización: Orden de 18 de enero de 1993 (Ref. BOE-A-1993-1381).
    • con el art. 48, disponiendo la creación de deuda del estado durante 1993: Real Decreto 43/1993, de 15 de enero (Ref. BOE-A-1993-1173).
    • con el art. 42, sobre Revalorización de Pensiones de Clases Pasivas: Real Decreto 5/1993, de 8 de enero (Ref. BOE-A-1993-822).
    • sobre revalorización de pensiones de la seguridad social para 1993: Real Decreto 6/1993, de 8 de enero (Ref. BOE-A-1993-834).
  • SE MODIFICA determinados preceptos, por Real Decreto-ley 1/1993, de 8 de enero (Ref. BOE-A-1993-688).
  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 5, de 6 de enero de 1993 (Ref. BOE-A-1993-314).

Referencias anteriores

Materias

  • Administración Civil del Estado
  • Administración de Justicia
  • Administración Local
  • Administración Militar
  • Administración y Contabilidad de la Hacienda Pública
  • Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea
  • Aeropuertos y aeródromos
  • Agencia Estatal de la Administración Tributaria
  • Agricultura
  • Asistencia sanitaria de la Seguridad Social
  • Asistencia social
  • Ayuntamientos
  • Banco de España
  • Becas
  • Cabildos Insulares
  • Cámaras Oficiales de Comercio Industria y Navegación
  • Canarias
  • Carrera Fiscal
  • Carrera Judicial
  • Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial
  • Centros de enseñanza
  • Clases Pasivas
  • Comisión Nacional del Mercado de Valores
  • Comunidad Económica Europea
  • Comunidades Autónomas
  • Condecoraciones y Recompensas
  • Consejo de Administración del Patrimonio Nacional
  • Consejo de Seguridad Nuclear
  • Consejo General del Poder Judicial
  • Consejos Insulares
  • Consorcio de Compensación de Seguros
  • Convenios colectivos
  • Correos y Telecomunicaciones
  • Cortes Generales
  • Cotización a la Seguridad Social
  • Crédito Oficial
  • Cuerpo de la Guardia Civil
  • Cuerpo Nacional de Policía
  • Cuerpos Especiales de Funcionarios Técnicos del Estado al Servicio de la Sanidad Local
  • Cultura
  • Defensa Nacional
  • Desempleo
  • Deuda Pública
  • Diputaciones Provinciales
  • Discapacidad
  • Educación
  • Empleo
  • Empresas nacionales
  • Enseñanza
  • Enseñanza de Formación Profesional
  • Enseñanza Universitaria
  • Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social
  • Escuela Oficial de Turismo
  • Estadística
  • Fábrica Nacional de Moneda y Timbre
  • Ferrocarriles de vía estrecha
  • Fondo de Ayuda al Desarrollo
  • Fondo de Garantía Salarial
  • Formación profesional
  • Fuerzas Armadas
  • Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado
  • Funcionarios Civiles del Estado
  • Funcionarios de la Administración de Justicia
  • Funcionarios de la Administración Local
  • Ganadería
  • Gastos públicos
  • Hacienda Pública
  • Haciendas Locales
  • Iglesia Católica
  • Impuesto sobre Actividades Económicas
  • Impuesto sobre Bienes Inmuebles
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
  • Impuesto sobre Sociedades
  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
  • Industrias
  • Instituciones sanitarias de la Seguridad Social
  • Instituto Cervantes
  • Instituto de Crédito Oficial
  • Instituto Español de Comercio Exterior
  • Instituto Nacional de Empleo
  • Instituto Nacional de Hidrocarburos
  • Instituto Nacional de Industria
  • Instituto Nacional de la Salud
  • Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía
  • Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas
  • Instituto Social de las Fuerzas Armadas
  • Intereses
  • Inversiones
  • Investigación científica
  • Lotería Nacional
  • Minas
  • Ministerio Fiscal
  • Municipios
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  • Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado
  • Mutualidad General Judicial
  • Mutualidad Nacional de Previsión de la Administración Local
  • Navarra
  • Ordenación de gastos y pagos
  • Organismos autónomos
  • País Vasco
  • Patrimonio Histórico Español
  • Pensiones
  • Personal Sanitario de la Seguridad Social
  • Pesca marítima
  • Presupuestos Generales del Estado
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  • Protección Civil
  • Puertos
  • Radiotelevisión Española
  • Regímenes especiales de la Seguridad Social
  • RENFE
  • Retribuciones
  • Salarios
  • Sanidad
  • Sanidad local
  • Seguridad Social
  • Seguro obligatorio de vejez e invalidez
  • Sistema tributario
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