Está Vd. en

Documento BOE-A-1995-6761

Orden de 14 de marzo de 1995 por la que se modifica el anexo de la de 23 de marzo de 1988, relativa a los aditivos en la alimentación animal.

Publicado en:
«BOE» núm. 65, de 17 de marzo de 1995, páginas 8530 a 8533 (4 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1995-6761
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1995/03/14/(1)

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 418/1987, de 20 de febrero, sobre las sustancias y productos que intervienen en la alimentación de los animales, dispone la necesidad de recoger en nuestro ordenamiento jurídico el contenido de la normativa de la Comunidad Europea sobre estas materias, debiendo adecuarse en todo momento a la legislación que se promueva.

De acuerdo con ello, y en cumplimiento de la Directiva 70/524/CEE, del Consejo, y sus modificaciones; la Orden de 23 de marzo de 1988 por la que se dictan normas relativas a los aditivos en la alimentación de los animales establece en su anexo la lista de los aditivos autorizados, así como los contenidos máximos y mínimos y las características de su composición.

Con posterioridad, mediante las Ordenes de 26 de noviembre de 1991 por la que se adoptó una versión codificada de los aditivos autorizados hasta dicha fecha, 28 de febrero de 1992, 3 de febrero de 1993, 8 de julio de 1993 y 10 de octubre de 1994, se modificó el anexo de la de 23 de marzo de 1988.

Por otra parte, la Directiva mencionada dispone que el contenido de sus anexos sea constantemente adaptado a la evolución de los conocimientos científicos y técnicos, habiendo sufrido modificaciones mediante la Directiva 93/107/CE, de la Comisión, de 26 de noviembre, y la Directiva 94/41/CE, de la Comisión, de 18 de julio.

En su virtud, previo informe favorable del Ministerio de Sanidad y Consumo, dispongo:

Artículo único.

Se modifica el anexo de la Orden de este departamento de 23 de marzo de 1988 por la que se dictan normas relativas a los aditivos en la alimentación, en su redacción actual, tras la modificación llevada a cabo por la Orden de 26 de noviembre de 1991, con arreglo a lo dispuesto en el anexo de la presente Orden.

Disposición final única.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 14 de marzo de 1995.

ATIENZA SERNA

Ilmos. Sres. Secretarios generales de Producciones y Mercados Agrarios y de Alimentación y Directores generales de Producciones y Mercados Ganaderos y de Política Alimentaria.

(ANEXO OMITIDO)

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 14/03/1995
  • Fecha de publicación: 17/03/1995
  • Fecha de entrada en vigor: 18/03/1995
Referencias anteriores
Materias
  • Aditivos alimentarios
  • Alimentos para animales
  • Animales
  • Ganadería
  • Piensos
  • Productos químicos
  • Sanidad veterinaria

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid