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Caso Del Rio Prada v. España.
Organismo: Tribunal Europeo de Derechos Humanos
Sentencia: 42750/09 [ECLI:CE:ECHR:2013:1021JUD004275009]
Fecha: 21/10/2013
Ver original (Referencia 42750/09)
El TEDH considera que la aplicación retroactiva en perjuicio del reo de la «Doctrina Parot» establecida por el Tribunal Supremo que permite computar los beneficios penitenciarios respecto a cada una de las penas impuestas individualmente y no sobre el límite máximo de 30 años fijado en el CP 1973. El TEDH se aparta de su tesis tradicional según la cual las modalidades de ejecución de la pena, entre las que se encontraría la aplicación de los beneficios penitenciarios, no caben en el ámbito de aplicación del principio de legalidad de las penas establecido en el art. 7 del Convenio. Vulneración del artículo 7 del Convenio.
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