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Documento DOUE-L-1993-82172

Decisión de la Comisión, de 20 de diciembre de 1993, relativa al certificado veterinario en las importaciones de carnes frescas y productos a base de carne procedentes de Suecia.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 319, de 21 de diciembre de 1993, páginas 51 a 51 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1993-82172

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 72/462/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1972, relativa a problemas sanitarios y de policía sanitaria en las importaciones de animales de las especies bovina, porcina, ovina y caprina y de carne fresca o de productos a base de carne, procedentes de países terceros (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 1601/92 (2), y, en particular, su artículo 22,

Considerando que, en las importaciones de carnes frescas y de productos a base de carne, el certificado sanitario y el certificado de inspección veterinaria pueden constituir una única hoja;

Considerando que las autoridades suecas desean disfrutar de esta posibilidad tanto para sus exportaciones de carnes frescas como de productos a base de carne y, con vistas a ello, han remitido varios modelos a la Comisión;

Considerando que se ha comprobado que esos documentos se ajustan a las correspondientes normas veterinarias comunitarias; que, por lo tanto, resulta posible aceptar que las importaciones de carnes frescas y de productos a base de carne procedentes de Suecia vayan acompañadas por un único certificado veterinario;

Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:

Artículo 1

Los Estados miembros autorizarán las importaciones de carnes frescas y productos a base de carne procedentes de Suecia que vayan acompañadas por un certificado sanitario y un certificado de inspección veterinaria que, juntos, constituyan una sola hoja.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 20 de diciembre de 1993.

Por la Comisión

René STEICHEN

Miembro de la Comisión

(1) DO no L 302 de 31. 12. 1972, p. 28.

(2) DO no L 173 de 27. 6. 1992, p. 13.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 20/12/1993
  • Fecha de publicación: 21/12/1993
  • Fecha de derogación: 01/01/1995
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Materias
  • Carnes
  • Importaciones
  • Sanidad veterinaria
  • Suecia

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