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Documento BOE-A-2002-12571

Resolución de 25 de mayo de 2002, de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se modifica la de 29 de diciembre de 2000 por la que se delegan en el Secretario general de la Agencia Española de Cooperación Internacional y otras autoridades y funcionarios de la misma determinadas competencias y se deroga la de 6 de abril de 2001.

Publicado en:
«BOE» núm. 152, de 26 de junio de 2002, páginas 23282 a 23282 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-2002-12571
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2002/05/25/(1)

TEXTO ORIGINAL

La Resolución de 29 de diciembre de 2000 de la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica y Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, dispone la delegación de determinadas competencias en el Secretario General de la AECI, autoridades y funcionarios, incluyendo en éstas a las Embajadas de España en países receptores de cooperación y ayuda al desarrollo y cultural donde la AECI no dispone de unidades de cooperación propias. La Resolución de 6 de abril de 2001 amplía el ámbito de actuación a países no contemplados inicialmente.

En consideración al marco competencial de las Misiones o Representaciones Diplomáticas Permanentes de España en el exterior en materia de gestión económica y con el fin de acomodar el procedimiento a la normativa vigente, resulta necesario suprimir la delegación de atribuciones vigente sobre pagos a justificar con aplicación al Presupuesto de la AECI a favor de las mismas.

Por ello, a la vista del Informe de la Subsecretaría del Ministerio de Asuntos Exteriores de 15 de octubre de 2001 y del Informe del Servicio Jurídico de 19 de noviembre de 2001, Esta Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional ha dispuesto:

Primero.-Se revocan las delegaciones de competencias contenidas en apartado primero, punto 5 de la Resolución de 29 de diciembre de 2000 ("Boletín Oficial del Estado" de 12 de febrero de 2001), y en la Resolución de 6 de abril de 2001 ("Boletín Oficial del Estado" de 26 de abril de 2001).

Segundo.-La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Tercero.-No obstante, las competencias previstas en dicho apartado primero, punto 5, y en la Resolución de 6 de abril de 2001 seguirán subsistentes en relación con los procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Resolución y sólo para los actos que resulte necesario dictar para la adecuada conclusión definitiva de los mismos.

Madrid, 25 de mayo de 2002.-El Presidente, Miguel Ángel Cortés Martín.

Ilmo. Sr. Secretario general de la Agencia Española de Cooperación Internacional.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 25/05/2002
  • Fecha de publicación: 26/06/2002
  • Fecha de entrada en vigor: 27/06/2002
Referencias anteriores
  • DEROGA el apartado 1, punto 5 de la Resolución de 29 de diciembre de 2000 (Ref. BOE-A-2001-2984).
  • DEJA SIN EFECTO lo indicado de la Resolución de 6 de abril de 2001 (Ref. BOE-A-2001-8135).
Materias
  • Agencia Española de Cooperación Internacional
  • Delegación de atribuciones
  • Embajadas
  • Ministerio de Asuntos Exteriores
  • Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica

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