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Documento BOE-A-1980-4107

Real Decreto 296/1980, de 18 de enero, por el que se prorroga la resolución-tipo para la construcción, en régimen de fabricación mixta, de celdas blindadas para tensiones de 72 a 250 KV. (partida arancelaria 85.19-E).

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 46, de 22 de febrero de 1980, páginas 4157 a 4157 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-1980-4107
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1980/01/18/296

TEXTO ORIGINAL

El Decreto tres mil trescientos cuarenta y cuatro/mil novecientos setenta y tres, de catorce de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de catorce de enero de mil novecientos setenta y cuatro), aprobó la resolución-tipo para la construcción, en régimen de fabricación mixta, de celdas blindadas para tensiones de setenta y dos a trescientos cincuenta KV. Esta resolución-tipo ha sido modificada, por lo que respecta al grado de nacionalización, por Decreto ciento doce/mil novecientos setenta y cinco, de dieciséis de enero («Boletín Oficial del Estado» de cinco de febrero), prorrogada por el Decreto tres mil quinientos cuarenta y cuatro/mil novecientos setenta y cinco, de cinco de diciembre.(«Boletín Oficial del Estado» de diez de enero de mil novecientos setenta y seis).

Persistiendo en la actualidad las circunstancias que motivaron la aprobación de la citada resolución-tipo y estando prevista la aprobación de algunas nuevas autorizaciones-particulares, al amparo de la misma, procede prorrogar nuevamente el plazo de vigencia de dicha resolución tipo.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Comercio y Turismo y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día dieciocho de enero de mil novecientos ochenta,

DISPONGO:

Artículo único.

Se prorroga por un plazo de cuatro años, a partir de la fecha de su caducidad, la resolución-tipo para la construcción, en régimen de fabricación mixta, de celdas blindadas para tensiones de setenta y dos a doscientos cincuenta KV., establecida por Decreto tres mil trescientos cuarenta y cuatro/mil novecientos setenta y tres, de catorce de diciembre, y modificada por Decreto ciento doce/mil novecientos setenta y cinco, de dieciséis de enero.

Dado en Madrid a dieciocho de enero de mil novecientos ochenta.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Comercio y Turismo

JUAN ANTONIO GARCIA DIEZ

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 18/01/1980
  • Fecha de publicación: 22/02/1980
  • Fecha de entrada en vigor: 13/03/1980
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • PRORROGA la Resolución-Tipo aprobada por Decreto 3344/1973, de 14 de diciembre (Ref. BOE-A-1973-105).
  • CITA:
Materias
  • Bienes de equipo
  • Energía eléctrica
  • Importaciones

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