La modificación del tipo de desgravación fiscal a la exportación de determinados minerales de niobio y tantalio, aprobada por Orden ministerial de 27 de octubre último, exige una nueva reestructuración estadística de la subpartida arancelaria 26.01.M-5, en la que se encuentran comprendidos.
En consecuencia, esta Dirección General, en uso de sus atribuciones, acuerda:
Asignar los siguientes códigos numéricos definidores de las posiciones que a continuación se especifican:
Partida arancelaria |
Posición estadística |
Texto |
---|---|---|
26.01.M-5 | 26.01.45 | —: los demás: de níquel. |
26.01.46 | – ‒ ‒: de niobio y de tantalio: concentrado de minerales, con un contenido del 25 al 40 por 100, ambos inclusive, de tantalita y no menos del 25 por 100 de niobita. | |
26.01.47 | – ‒ ‒: los demás. | |
26.01.48 | – ‒: de titanio, de vanadio, de molibdeno y de circonio. | |
26.01.49 | – ‒: los demás. |
Lo que comunico a V. S. para su conocimiento y el de los servicios de esa provincia.
Dios guarde a V. S.
Madrid, 11 de noviembre de 1977.‒El Director general, Germán Anilo Vázquez.
Sr. Administrador de la Aduana de..
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