EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 29,
Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El 23 de junio de 2014, el Consejo adoptó la Decisión 2014/386/PESC (1). |
(2) |
El Consejo no reconoce y sigue condenando la anexión ilegal de Crimea y Sebastopol por la Federación de Rusia y seguirá comprometido con la plena ejecución de su política de no reconocimiento. |
(3) |
Sobre la base de una revisión de la Decisión 2014/386/PESC, las medidas restrictivas deben prorrogarse hasta el 23 de junio de 2022. |
(4) |
Procede, por tanto, modificar la Decisión 2014/386/PESC en consecuencia. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
En el artículo 5 de la Decisión 2014/386/PESC, el párrafo segundo se sustituye por el texto siguiente:
«La presente Decisión será aplicable hasta el 23 de junio de 2022.».
La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Luxemburgo, el 21 de junio de 2021.
Por el Consejo
El Presidente
J. BORRELL FONTELLES
(1) Decisión 2014/386/PESC del Consejo, de 23 de junio de 2014, relativa a medidas restrictivas como respuesta a la anexión ilegal de Crimea y Sebastopol (DO L 183 de 24.6.2014, p. 70).
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