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Documento DOUE-L-2020-81075

Corrección de errores del Reglamento Delegado (UE) 2020/784 de la Comisión, de 8 de abril de 2020, por el que se modifica el anexo I del Reglamento (UE) 2019/1021 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la inclusión en la lista del ácido perfluorooctanoico (PFOA), sus sales y las sustancias afines al PFOA.

Publicado en:
«DOUE» núm. 220, de 9 de julio de 2020, páginas 11 a 11 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2020-81075

TEXTO ORIGINAL

En la página 5, en el anexo, en la cuarta columna, en el punto 9, en la frase introductoria:

donde dice:

«No obstante, hasta el 3 de diciembre de 2020 se permitirá el uso del PFOA, sus sales y las sustancias afines al PFOA en los siguientes artículos:»,

debe decir:

«No obstante, hasta el 3 de diciembre de 2020 se permitirá la fabricación, comercialización y uso del PFOA, sus sales y las sustancias afines al PFOA para los siguientes fines:».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 09/07/2020
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 2020/784,de 8 de abril (Ref. DOUE-M-2020-80913).
  • CORRIGE errores del Reglamento 2019/1021, de 20 de junio (Ref. DOUE-L-2019-81080).
Materias
  • Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos
  • Comercialización
  • Contaminación
  • Gestión de residuos
  • Industrias
  • Productos químicos
  • Residuos
  • Sustancias peligrosas

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