EL SUBCOMITÉ DE INDICACIONES GEOGRÁFICAS,
Visto el Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica y sus Estados miembros, por una parte, y Georgia, por otra, y en particular su artículo 179, apartado 3, letra b),
Considerando lo siguiente:
(1) El Acuerdo entre la Unión Europea y Georgia sobre la protección de las indicaciones geográficas de los productos agrícolas y alimenticios entró en vigor el 1 de abril de 2012.
(2) Este Acuerdo fue posteriormente incorporado en el Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica y sus Estados miembros, por una parte, y Georgia, por otra (en lo sucesivo ,el «Acuerdo»), que entró en vigor el 1 de julio de 2016.
(3) El artículo 171 del Acuerdo prevé la posibilidad de añadir nuevas indicaciones geográficas con vistas a su protección en sus anexos XVII-C y XVII-D, una vez completado el procedimiento de oposición y tras haber examinado un resumen de los pliegos de condiciones a los que se hace referencia en su artículo 170, apartados 3 y 4, a satisfacción de ambas Partes.
(4) Tanto el procedimiento como el examen se han completado y los anexos XVII-C y XVII-D pueden, por tanto, sustituirse.
DECIDE:
Los anexos XVII-C y XVII-D del Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica y sus Estados miembros, por una parte, y Georgia, por otra, se sustituyen po rel texto que figura en el anexo de la presente Decisión.
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Bruselas, el 23 de enero de 2020.
Por el Subcomité de Indicaciones Geográficas
El Presidente,
Jefe de la Delegación de la UE
Susana MARAZUELA
Los Secretarios del Subcomité
Secretario de la UE
Manuel ROSSI PRIETO
Secretaria de Georgia
Manana PRUDZE
ANEXO OMITIDO. VER PDF.
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