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Documento DOUE-L-2018-81151

Decisión nº 1/2018 del Consejo de Asociación UE-República de Moldavia, de 3 de mayo de 2018, relativa a la modificación del anexo XXVI del Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Moldavia, por otra [2018/984].

Publicado en:
«DOUE» núm. 176, de 12 de julio de 2018, páginas 21 a 22 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2018-81151

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE ASOCIACIÓN UE-REPÚBLICA DE MOLDAVIA,

 

Visto el Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Moldavia, por otra, y en particular su artículo 436, apartado 3,

 

Considerando lo siguiente:

 

(1) El Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Moldavia, por otra (1) (en lo sucesivo, «Acuerdo»), se firmó el 27 de junio de 2014.

 

(2) El artículo 201 del Acuerdo establece que la aproximación gradual a la legislación aduanera de la Unión y a determinada legislación internacional se debe efectuar como se indica en el anexo XXVI de dicho Acuerdo.

 

(3) El anexo XXVI del Acuerdo especifica que la República de Moldavia llevará a cabo la aproximación a lo dispuesto en el Reglamento (CEE) n.o 2913/92 del Consejo (2) en un plazo de tres años a partir de la entrada en vigor del Acuerdo.

 

(4) El Reglamento (CEE) n.o 2913/92 ha sido derogado y desde el 1 de mayo de 2016 son de aplicación en la Unión las disposiciones materiales del Reglamento (UE) n.o 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (3).

 

(5) En la reunión de 6 de octubre de 2016 del Subcomité Aduanero UE-República de Moldavia se decidió que el anexo XXVI del Acuerdo se modificaría en consecuencia.

 

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

 

Artículo 1

 

El anexo XXVI del Acuerdo queda modificado como se establece en el anexo de la presente Decisión.

 

Artículo 2

 

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

 

Hecho en Bruselas, el 3 de mayo de 2018.

 

Por el Consejo de Asociación

 

La Presidenta

 

F. MOGHERINI

____________

(1) DO L 260 de 30.8.2014, p. 4.

 

(2) Reglamento (CEE) n.o 2913/92 del Consejo, de 12 de octubre de 1992, por el que se aprueba el código aduanero comunitario (DO L 302 de 19.10.1992, p. 1).

 

(3) Reglamento (UE) n.o 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de octubre de 2013, por el que se establece el código aduanero de la Unión (DO L 269 de 10.10.2013, p. 1).

 

ANEXO

 

La primera sección del anexo XXVI del Acuerdo queda modificada como sigue: La referencia al «Reglamento (CEE) n.o 2913/92 del Consejo, de 12 de octubre de 1992, por el que se aprueba el código aduanero comunitario» se sustituye por la referencia al «Reglamento (UE) n.o 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de octubre de 2013, por el que se establece el código aduanero de la Unión».

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo XXVI del Acuerdo de 27 de junio de 2014 (Ref. DOUE-L-2014-81862).
Materias
  • Acuerdo de Asociación CE
  • Acuerdos internacionales
  • Código Aduanero
  • Comunidad Europea de Energía Atómica
  • Moldavia
  • Normas jurídicas
  • Unión Europea

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