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Documento DOUE-L-2017-82505

Decisión de Ejecución (UE) 2017/2316 de la Comisión, de 12 de diciembre de 2017, por la que se deroga la Decisión 92/176/CEE relativa a los mapas geográficos que han de preverse a efectos de la red «ANIMO» [notificada con el número C(2017) 8316].

Publicado en:
«DOUE» núm. 331, de 14 de diciembre de 2017, páginas 78 a 78 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2017-82505

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 90/425/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a los controles veterinarios y zootécnicos aplicables en los intercambios intracomunitarios de determinados animales vivos y productos con vistas a la realización del mercado interior (1), y en particular su artículo 20, apartado 3,

Considerando lo siguiente:

(1)

A fin de introducir un sistema informatizado que pusiera en contacto a las autoridades veterinarias (red «ANIMO»), la Comisión adoptó las Decisiones 91/398/CEE (2) 92/175/CEE (3) y 92/176/CEE (4).

(2)

La Decisión 91/398/CEE y la Decisión 92/175/CEE fueron derogadas y la red «ANIMO» fue sustituida por la herramienta de gestión en línea del sistema informático veterinario integrado (TRACES), que abarca todos los requisitos sanitarios aplicables a los intercambios dentro de la UE y la importación de animales, esperma y embriones, alimentos, piensos y plantas.

(3)

Procede, por lo tanto, derogar la Decisión 92/176/CEE.

(4)

Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Queda derogada la Decisión 92/176/CEE.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión son los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 12 de diciembre de 2017.

Por la Comisión

Vytenis ANDRIUKAITIS

Miembro de la Comisión

_______________________________

(1) DO L 224 de 18.8.1990, p. 29.

(2) Decisión 91/398/CEE de la Comisión, de 19 de julio de 1991, relativa a una red informatizada de enlace entre autoridades veterinarias (ANIMO) (DO L 221 de 9.8.1991, p. 30).

(3) Decisión 92/175/CEE de la Comisión, de 21 de febrero de 1992, por la que se procede a la identificación de las unidades de la red informatizada «ANIMO» y se establece la lista de las mismas (DO L 80 de 25.3.1992, p. 1).

(4) Decisión 92/176/CEE de la Comisión, de 2 de marzo de 1992, relativa a los mapas geográficos que han de preverse a efectos de la red «ANIMO» (DO L 80 de 25.3.1992, p. 33).

ANÁLISIS

Referencias anteriores
Materias
  • Cooperación técnica
  • Inspección veterinaria
  • Redes de telecomunicación
  • Sanidad veterinaria

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