EL COMITÉ DE ASOCIACIÓN, EN SU CONFIGURACIÓN DE COMERCIO,
Visto el Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Moldavia, por otra, y en particular sus artículos 269, 273 y 436,
Considerando lo siguiente:
(1)
El Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Moldavia, por otra (1) (en lo sucesivo, «Acuerdo»), entró en vigor el 1 de julio de 2016.
(2)
De conformidad con el artículo 269, apartado 5, del Acuerdo, los umbrales de valor de los contratos públicos que figuran en el anexo XXIX-A deben revisarse periódicamente cada dos años, comenzando en el primer año tras la entrada en vigor del Acuerdo, y tal revisión debe adoptarse por decisión del Comité de Asociación, en su configuración de Comercio, conforme a lo establecido en el artículo 438, apartado 4, del Acuerdo.
(3)
De conformidad con el artículo 273 del Acuerdo, la República de Moldavia debe asegurarse de que su legislación sobre contratación pública vaya adaptándose paulatinamente al correspondiente acervo de la Unión, en consonancia con el calendario previsto en el anexo XXIX del Acuerdo.
(4)
Desde que se rubricó el Acuerdo el 29 de noviembre de 2013, varios actos de la Unión que figuran en el anexo XXIX del Acuerdo han sido modificados, refundidos o derogados y sustituidos por nuevos actos de la Unión. En particular, la Unión ha adoptado y notificado a la República de Moldavia los siguientes actos:
a)
Directiva 2014/23/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, relativa a la adjudicación de contratos de concesión (2);
b)
Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE (3);
c)
Directiva 2014/25/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, relativa a la contratación por entidades que operan en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales y por la que se deroga la Directiva 2004/17/CE (4).
(5)
Por medio de las nuevas Directivas mencionadas se han modificado los umbrales de valor de los contratos públicos que figuran en el anexo XXIX-A.
(6)
Es necesario, por lo tanto, actualizar el anexo XXIX del Acuerdo, con el fin de reflejar la evolución del acervo de la Unión que figura en dicho anexo, de conformidad con los artículos 269, 273 y 436 del Acuerdo.
(7)
El nuevo acervo de la Unión sobre contratación pública tiene una nueva estructura. Procede reflejar esta nueva estructura en el anexo XXIX. En aras de la claridad, debe actualizarse el anexo XXIX en su totalidad, sustituyéndolo por el texto que figura en el anexo de la presente Decisión. Conviene, además, tener en cuenta los progresos realizados por la República de Moldavia en el proceso de aproximación al acervo de la Unión.
(8)
De conformidad con el artículo 436, apartado 3, del Acuerdo, el Consejo de Asociación UE-República de Moldavia tiene la facultad de actualizar o modificar los anexos del Acuerdo. Mediante la Decisión n.o 3/2014, de 16 de diciembre de 2014, el Consejo de Asociación facultó al Comité de Asociación, en su configuración de Comercio, para actualizar o modificar determinados anexos relacionados con el comercio.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El anexo XXIX del Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Moldavia, por otra, se sustituye por el texto que figura en el anexo de la presente Decisión.
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Bruselas, el 19 de octubre de 2016.
Por el Comité de Asociación, en su configuración de Comercio
P. SOURMELIS
El Presidente
___________
(1) DO L 260 de 30.8.2014, p. 4.
(2) DO L 94 de 28.3.2014, p. 1.
(3) DO L 94 de 28.3.2014, p. 65.
(4) DO L 94 de 28.3.2014, p. 243.
ANEXO
El anexo XXIX del Acuerdo se sustituye por el texto siguiente:
«
ANEXO XXIX
CONTRATACIÓN PÚBLICA
ANEXO XXIX-A
UMBRALES
1.
Los umbrales de valor mencionados en el artículo 269, apartado 3, del presente Acuerdo serán los siguientes, para ambas Partes:
a)
134 000 EUR en el caso de los contratos públicos de suministro y de servicios adjudicados por las autoridades del gobierno central y para los concursos de proyectos adjudicados por estas;
b)
207 000 EUR en el caso de los contratos públicos de suministro o los contratos públicos de servicios no cubiertos por la letra a);
c)
5 186 000 EUR en el caso de los contratos de obras públicas;
d)
5 186 000 EUR en el caso de los contratos de obra del sector de servicios públicos;
e)
5 186 000 EUR en el caso de las concesiones;
f)
414 000 EUR en el caso de los contratos de suministro y de servicios del sector de servicios públicos;
g)
750 000 EUR en el caso de los contratos públicos de servicios sociales y otros servicios específicos;
h)
1 000 000 EUR en el caso de los contratos de servicios sociales y otros servicios específicos del sector de los servicios públicos.
2.
Los umbrales de valor que figuran en el punto 1 se adaptarán para tener en cuenta los umbrales aplicables en virtud de las Directivas 2014/23/UE, 2014/24/UE y 2014/25/UE en el momento de la entrada en vigor del presente Acuerdo.
ANEXO XXIX-B
Calendario indicativo para la reforma institucional, la aproximación y el acceso a los mercados
Fase
Calendario indicativo
Acceso al mercado concedido a la UE por la República de Moldavia
Acceso al mercado concedido a la República de Moldavia por la UE
1
Aplicación del artículo 270, apartado 2, y del artículo 271 del presente Acuerdo
Acuerdo de la estrategia de reforma contemplada en el artículo 272 del presente Acuerdo
9 meses después de la entrada en vigor del presente Acuerdo
Suministros para las autoridades del gobierno central
Suministros para las autoridades del gobierno central
2
Aproximación y aplicación de los elementos básicos de la Directiva 2014/24/UE y de la Directiva 89/665/CEE
5 años después de la entrada en vigor del presente Acuerdo
Suministros para el Estado, las autoridades regionales y locales y los organismos de Derecho público
Suministros para el Estado, las autoridades regionales y locales y los organismos de Derecho público
Anexos XXIX-C y XXIX-N
Aproximación y aplicación de los elementos básicos de la Directiva 2014/25/UE y de la Directiva 92/13/CEE
5 años después de la entrada en vigor del presente Acuerdo
Suministros para todas las entidades adjudicadoras del sector de los servicios públicos
Suministros para todas las entidades adjudicadoras
Anexos XXIX-G y XXIX-Q
Aproximación y aplicación de otros elementos de la Directiva 2014/24/UE
5 años después de la entrada en vigor del presente Acuerdo
Contratos de servicios y de obras para todos los poderes adjudicadores
Contratos de servicios y de obras para todos los poderes adjudicadores
Anexos XXIX-D, XXIX-E y XXIX-O
3
Aproximación y aplicación de la Directiva 2014/23/UE
6 años después de la entrada en vigor del presente Acuerdo
Concesiones para todos los poderes adjudicadores
Concesiones para todos los poderes adjudicadores
Anexos XXIX-K y XXIX-L
4
Aproximación y aplicación de otros elementos de la Directiva 2014/25/UE
8 años después de la entrada en vigor del presente Acuerdo
Contratos de servicios y de obras para todas las entidades adjudicadoras del sector de los servicios públicos
Contratos de servicios y de obras para todas las entidades adjudicadoras del sector de los servicios públicos
Anexos XXIX-H, XXIX-I y XXIX-R
ANEXO XXIX-C
Elementos básicos de la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE
(Fase 2)
TÍTULO I
Ámbito de aplicación, definiciones y principios generales
CAPÍTULO I
Ámbito de aplicación y definiciones
Sección 1
Objeto y definiciones
Artículo 1
Objeto y ámbito de aplicación: apartados 1, 2, 5 y 6
Artículo 2
Definiciones: puntos 1, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 18, 19, 20, 22, 23 y 24 del apartado 1
Artículo 3
Contratación mixta
Sección 2
Umbrales
Artículo 4
Importes de los umbrales
Artículo 5
Métodos de cálculo del valor estimado de la contratación
Sección 3
Exclusiones
Artículo 7
Contratos adjudicados en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales
Artículo 8
Exclusiones específicas en el ámbito de las comunicaciones electrónicas
Artículo 9
Contratos públicos adjudicados y concursos de proyectos organizados con arreglo a normas internacionales
Artículo 10
Exclusiones específicas relativas a los contratos de servicios
Artículo 11
Contratos de servicios adjudicados sobre la base de un derecho exclusivo
Artículo 12
Contratos públicos entre entidades del sector público
Sección 4
Situaciones específicas
Subsección 1
Contratos subvencionados y servicios de investigación y desarrollo
Artículo 13
Contratos subvencionados por los poderes adjudicadores
Artículo 14
Servicios de investigación y desarrollo
Subsección 2
Contratación que implique aspectos de seguridad o defensa
Artículo 15
Seguridad y defensa
Artículo 16
Contratación mixta que conlleve aspectos de seguridad o defensa
Artículo 17
Contratos públicos y concursos de proyectos que conlleven aspectos de seguridad o defensa que se adjudiquen u organicen con arreglo a normas internacionales
CAPÍTULO II
Normas generales
Artículo 18
Principios de la contratación
Artículo 19
Operadores económicos
Artículo 21
Confidencialidad
Artículo 22
Normas aplicables a las comunicaciones: apartados 2 a 6
Artículo 23
Nomenclaturas
Artículo 24
Conflictos de intereses
TÍTULO II
Normas aplicables a los contratos públicos
CAPÍTULO I
Procedimientos
Artículo 26
Elección de los procedimientos: apartados 1 y 2, apartado 4, letra a), y apartados 5 y 6
Artículo 27
Procedimiento abierto
Artículo 28
Procedimiento restringido
Artículo 29
Procedimiento de licitación con negociación
Artículo 32
Uso del procedimiento negociado sin publicación previa
CAPÍTULO III
Desarrollo del procedimiento
Sección 1
Preparación
Artículo 40
Consultas preliminares del mercado
Artículo 41
Participación previa de candidatos o licitadores
Artículo 42
Especificaciones técnicas
Artículo 43
Etiquetas
Artículo 44
Informes de pruebas, certificación y otros medios de prueba: apartados 1 y 2
Artículo 45
Variantes
Artículo 46
División de contratos en lotes
Artículo 47
Determinación de plazos
Sección 2
Publicación y transparencia
Artículo 48
Anuncios de información previa
Artículo 49
Anuncios de licitación
Artículo 50
Anuncios de adjudicación de contratos: apartados 1 y 4
Artículo 51
Redacción y modalidades de publicación de los anuncios: apartado 1, párrafo primero, y apartado 5, párrafo primero
Artículo 53
Disponibilidad electrónica de los pliegos de la contratación
Artículo 54
Invitación a los candidatos
Sección 3
Selección de los participantes y adjudicación de los contratos
Artículo 56
Principios generales
Subsección 1
Criterios de selección cualitativa
Artículo 57
Motivos de exclusión
Artículo 58
Criterios de selección
Artículo 59
Documento europeo único de contratación: apartado 1, mutatis mutandis, y apartado 4
Artículo 60
Medios de prueba
Artículo 62
Normas de aseguramiento de la calidad y normas de gestión medioambiental: apartados 1 y 2
Artículo 63
Recurso a las capacidades de otras entidades
Subsección 2
Reducción del número de candidatos, ofertas y soluciones
Artículo 65
Reducción del número de candidatos cualificados a los que se invita a participar
Artículo 66
Reducción del número de ofertas y de soluciones
Subsección 3
Adjudicación del contrato
Artículo 67
Criterios de adjudicación del contrato
Artículo 68
Cálculo del coste del ciclo de vida: apartados 1 y 2
Artículo 69
Ofertas anormalmente bajas: apartados 1 a 4
CAPÍTULO IV
Ejecución del contrato
Artículo 70
Condiciones de ejecución del contrato
Artículo 71
Subcontratación
Artículo 72
Modificación de los contratos durante su vigencia
Artículo 73
Resolución de contratos
TÍTULO III
Regímenes de contratación particulares
CAPÍTULO I
Servicios sociales y otros servicios específicos
Artículo 74
Adjudicación de contratos de servicios sociales y otros servicios específicos
Artículo 75
Publicación de los anuncios
Artículo 76
Principios de adjudicación de contratos
ANEXOS
Anexo II
Lista de actividades contempladas en el artículo 2, apartado 1, punto 6, letra a)
Anexo III
Lista de productos contemplados en el artículo 4, letra b), en lo que se refiere a los contratos adjudicados por los poderes adjudicadores del sector de defensa
Anexo IV
Requisitos relativos a las herramientas y los dispositivos de recepción electrónica de las ofertas, de las solicitudes de participación, así como de los planos y proyectos en los concursos
Anexo V
Información que debe figurar en los anuncios
Parte A
Información que debe figurar en los anuncios de la publicación de un anuncio de información previa en un perfil de comprador
Parte B
Información que debe figurar en los anuncios de información previa (a que se refiere el artículo 48)
Parte C
Información que debe figurar en los anuncios de licitación (a que se refiere el artículo 49)
Parte D
Información que debe figurar en los anuncios de contratos de adjudicación de contratos (a que se refiere el artículo 50)
Parte G
Información que debe figurar en los anuncios de modificación de un contrato durante su vigencia (a que se refiere el artículo 72, apartado 1)
Parte H
Información que debe figurar en los anuncios de licitación relativos a contratos de servicios sociales y otros servicios específicos (a que se refiere el artículo 75, apartado 1)
Parte I
Información que debe figurar en los anuncios de información previa de servicios sociales y otros servicios específicos (a que se refiere el artículo 75, apartado 1)
Parte J
Información que debe figurar en los anuncios de adjudicación de contratos relativos a contratos de servicios sociales y otros servicios específicos (a que se refiere el artículo 75, apartado 2)
Anexo VII
Definición de determinadas especificaciones técnicas
Anexo IX
Contenido de las invitaciones a presentar una oferta, a participar en el diálogo o a confirmar el interés, previstas en el artículo 54
Anexo X
Lista de convenios internacionales en el ámbito social y medioambiental a que se refiere el artículo 18, apartado 2
Anexo XII
Medios de prueba de los criterios de selección
Anexo XIV
Servicios contemplados en el artículo 74
ANEXO XXIX-D
Otros elementos obligatorios de la Directiva 2014/24/UE
(Fase 2)
TÍTULO I
Ámbito de aplicación, definiciones y principios generales
CAPÍTULO I
Ámbito de aplicación y definiciones
Sección 1
Objeto y definiciones
Artículo 2
Definiciones: punto 21 del apartado 1
Artículo 22
Normas aplicables a las comunicaciones: apartado 1
TÍTULO II
Normas aplicables a los contratos públicos
CAPÍTULO I
Procedimientos
Artículo 26
Elección de los procedimientos: apartado 3 y apartado 4, letra b)
Artículo 30
Diálogo competitivo
Artículo 31
Asociación para la innovación
CAPÍTULO II
Técnicas e instrumentos para la contratación electrónica y agregada
Artículo 33
Acuerdos marco
Artículo 34
Sistemas dinámicos de adquisición
Artículo 35
Subastas electrónicas
Artículo 36
Catálogos electrónicos
Artículo 38
Contratación conjunta esporádica
CAPÍTULO III
Desarrollo del procedimiento
Sección 2
Publicación y transparencia
Artículo 50
Anuncios de adjudicación de contratos: apartados 2 y 3
TÍTULO III
Regímenes de contratación particulares
CAPÍTULO II
Normas aplicables a los concursos de proyectos
Artículo 78
Ámbito de aplicación
Artículo 79
Anuncios
Artículo 80
Normas relativas a la organización de los concursos de proyectos y la selección de los participantes
Artículo 81
Composición del jurado
Artículo 82
Decisiones del jurado
ANEXOS
Anexo V
Información que debe figurar en los anuncios
Parte E
Información que debe figurar en los anuncios de concursos de proyectos (a que se refiere el artículo 79, apartado 1)
Parte F
Información que debe figurar en los anuncios sobre los resultados de un concurso (a que se refiere el artículo 79, apartado 2)
Anexo VI
Información que debe figurar en los pliegos de la contratación relativa a las subastas electrónicas (artículo 35, apartado 4)
ANEXO XXIX-E
Otros elementos no obligatorios de la Directiva 2014/24/UE
(Fase 2)
Los elementos de la Directiva 2014/24/UE que figuran en el presente anexo no son obligatorios, pero se recomienda su aproximación. La República de Moldavia podrá aproximar estos elementos en el plazo previsto en el anexo XXIX-B.
TÍTULO I
Ámbito de aplicación, definiciones y principios generales
CAPÍTULO I
Ámbito de aplicación y definiciones
Sección 1
Objeto y definiciones
Artículo 2
Definiciones: puntos 14 y 16 del apartado 1
Artículo 20
Contratos reservados
CAPÍTULO II
Técnicas e instrumentos para la contratación electrónica y agregada
Artículo 37
Actividades de compra centralizada y centrales de compras
CAPÍTULO III
Desarrollo del procedimiento
Sección 3
Selección de los participantes y adjudicación de los contratos
Artículo 64
Listas oficiales de operadores económicos autorizados y certificación por parte de organismos de Derecho público o privado
TÍTULO III
Regímenes de contratación particulares
CAPÍTULO I
Servicios sociales y otros servicios específicos
Artículo 77
Contratos reservados para determinados servicios
ANEXO XXIX-F
Disposiciones de la Directiva 2014/24/UE que no entran en el ámbito de aproximación
Los elementos que figuran en el presente anexo no están sujetos al proceso de aproximación.
TÍTULO I
Ámbito de aplicación, definiciones y principios generales
CAPÍTULO I
Ámbito de aplicación y definiciones
Sección 1
Objeto y definiciones
Artículo 1
Objeto y ámbito de aplicación: apartados 3 y 4
Artículo 2
Definiciones: apartado 2
Sección 2
Umbrales
Artículo 6
Revisión de los umbrales y de la lista de autoridades, órganos y organismos estatales
TÍTULO II
Normas aplicables a los contratos públicos
CAPÍTULO I
Procedimientos
Artículo 25
Condiciones relativas al ACP y otros acuerdos internacionales
CAPÍTULO II
Técnicas e instrumentos para la contratación electrónica y agregada
Artículo 39
Contratación con intervención de poderes adjudicadores de diferentes Estados miembros
CAPÍTULO III
Desarrollo del procedimiento
Sección 1
Preparación
Artículo 44
Informes de pruebas, certificación y otros medios de prueba: apartado 3
Sección 2
Publicación y transparencia
Artículo 51
Redacción y modalidades de publicación de los anuncios: apartado 1, párrafo segundo, apartados 2, 3 y 4, apartado 5, párrafo segundo, y apartado 6
Artículo 52
Publicación a nivel nacional
Sección 3
Selección de los participantes y adjudicación de los contratos
Artículo 61
Depósito de certificados en línea (e-Certis)
Artículo 62
Normas de aseguramiento de la calidad y normas de gestión medioambiental: apartado 3
Artículo 68
Cálculo del coste del ciclo de vida: apartado 3
Artículo 69
Ofertas anormalmente bajas: apartado 5
TÍTULO IV
Gobernanza
Artículo 83
Ejecución
Artículo 84
Informes específicos sobre los procedimientos para la adjudicación de los contratos
Artículo 85
Informes nacionales e información estadística
Artículo 86
Cooperación administrativa
TÍTULO V
Delegación de poderes, competencias de ejecución y disposiciones finales
Artículo 87
Ejercicio de la delegación
Artículo 88
Procedimiento de urgencia
Artículo 89
Procedimiento de comité
Artículo 90
Transposición y disposiciones transitorias
Artículo 91
Derogaciones
Artículo 92
Examen
Artículo 93
Entrada en vigor
Artículo 94
Destinatarios
ANEXOS
Anexo I
Autoridades, órganos y organismos estatales
Anexo VIII
Especificaciones relativas a la publicación
Anexo XI
Registros
Anexo XIII
Lista de los actos jurídicos de la Unión contemplada en el artículo 68, apartado 3
Anexo XV
Tabla de correspondencias
ANEXO XXIX-G
Elementos básicos de la Directiva 2014/25/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, relativa a la contratación por entidades que operan en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales y por la que se deroga la Directiva 2004/17/CE
(Fase 2)
TÍTULO I
Ámbito de aplicación, definiciones y principios generales
CAPÍTULO I
Objeto y definiciones
Artículo 1
Objeto y ámbito de aplicación: apartados 1, 2, 5 y 6
Artículo 2
Definiciones: puntos 1 a 9, 13 a 16 y 18 a 20
Artículo 3
Poderes adjudicadores: apartados 1 y 4
Artículo 4
Entidades adjudicadoras: apartados 1 a 3
Artículo 5
Contratación mixta relativa a la misma actividad
Artículo 6
Contratación relativa a varias actividades
CAPÍTULO II
Actividades
Artículo 7
Disposiciones comunes
Artículo 8
Gas y calefacción
Artículo 9
Electricidad
Artículo 10
Agua
Artículo 11
Servicios de transporte
Artículo 12
Puertos y aeropuertos
Artículo 13
Servicios postales
Artículo 14
Extracción de petróleo y gas y prospección o extracción de carbón u otros combustibles sólidos
CAPÍTULO III
Ámbito de aplicación material
Sección 1
Umbrales
Artículo 15
Umbrales
Artículo 16
Métodos para calcular el valor estimado de la contratación: apartados 1 a 4 y 7 a 14
Sección 2
Contratos excluidos y concursos de proyectos: disposiciones especiales aplicables a la contratación que implique aspectos de defensa y seguridad
Subsección 1
Exclusiones aplicables a todas las entidades adjudicadoras y exclusiones especiales en los sectores del agua y de la energía
Artículo 18
Contratos adjudicados a efectos de reventa o arrendamiento financiero a terceros: apartado 1
Artículo 20
Contratos adjudicados y concursos de proyectos organizados con arreglo a normas internacionales
Artículo 21
Exclusiones específicas relativas a los contratos de servicios
Artículo 22
Contratos de servicios adjudicados en virtud de un derecho exclusivo
Artículo 23
Contratos adjudicados por determinadas entidades adjudicadoras para la compra de agua y para el suministro de energía o de combustibles destinados a la generación de energía
Subsección 2
Contratación que implique aspectos de seguridad o defensa
Artículo 24
Defensa y seguridad
Artículo 25
Contratación mixta que abarque la misma actividad y conlleve aspectos de defensa o seguridad
Artículo 26
Contratación relativa a varias actividades y que conlleve aspectos de defensa o seguridad
Artículo 27
Contratos y concursos de proyectos que conlleven aspectos de defensa y seguridad que se adjudiquen u organicen en virtud de normas internacionales
Subsección 3
Relaciones especiales (cooperación, empresas asociadas y empresas conjuntas)
Artículo 28
Contratos entre poderes adjudicadores
Artículo 29
Contratos adjudicados a una empresa asociada
Artículo 30
Contratos adjudicados a una empresa conjunta o a una entidad adjudicadora que forme parte de una empresa conjunta
Subsección 4
Situaciones específicas
Artículo 32
Servicios de investigación y desarrollo
CAPÍTULO IV
Principios generales
Artículo 36
Principios de la contratación
Artículo 37
Operadores económicos
Artículo 39
Confidencialidad
Artículo 40
Normas aplicables a las comunicaciones
Artículo 41
Nomenclaturas
Artículo 42
Conflictos de intereses
TÍTULO II
Normas aplicables a los contratos
CAPÍTULO I
Procedimientos
Artículo 44
Elección de los procedimientos: apartados 1, 2 y 4
Artículo 45
Procedimiento abierto
Artículo 46
Procedimiento restringido
Artículo 47
Procedimiento negociado con convocatoria de licitación previa
Artículo 50
Uso de un procedimiento negociado sin convocatoria de licitación previa: letras a) a i)
CAPÍTULO III
Desarrollo del procedimiento
Sección 1
Preparación
Artículo 58
Consultas preliminares del mercado
Artículo 59
Participación previa de candidatos o licitadores
Artículo 60
Especificaciones técnicas
Artículo 61
Etiquetas
Artículo 62
Informes de pruebas, certificación y otros medios de prueba
Artículo 63
Comunicación de las especificaciones técnicas
Artículo 64
Variantes
Artículo 65
División de contratos en lotes
Artículo 66
Determinación de plazos
Sección 2
Publicación y transparencia
Artículo 67
Anuncios periódicos indicativos
Artículo 68
Anuncios sobre la existencia de un sistema de clasificación
Artículo 69
Anuncios de licitación
Artículo 70
Anuncios de adjudicación de contratos: apartados 1, 3 y 4
Artículo 71
Redacción y modalidades de publicación de los anuncios: apartado 1 y apartado 5, párrafo primero
Artículo 73
Disponibilidad electrónica de los pliegos de la contratación
Artículo 74
Invitación a los candidatos
Artículo 75
Información a los solicitantes de clasificación, los candidatos y los licitadores
Sección 3
Selección de los participantes y adjudicación de los contratos
Artículo 76
Principios generales
Subsección 1
Clasificación y selección cualitativa
Artículo 78
Criterios de selección cualitativa
Artículo 79
Recurso a las capacidades de otras entidades: apartado 2
Artículo 80
Uso de los motivos de exclusión y los criterios de selección previstos en el marco de la Directiva 2014/24/UE
Artículo 81
Normas de aseguramiento de la calidad y normas de gestión medioambiental: apartados 1 y 2
Subsección 2
Adjudicación del contrato
Artículo 82
Criterios de adjudicación del contrato
Artículo 83
Cálculo del coste del ciclo de vida: apartados 1 y 2
Artículo 84
Ofertas anormalmente bajas: apartados 1 a 4
CAPÍTULO IV
Ejecución del contrato
Artículo 87
Condiciones de ejecución del contrato
Artículo 88
Subcontratación
Artículo 89
Modificación de los contratos durante su vigencia
Artículo 90
Resolución de contratos
TÍTULO III
Regímenes de contratación particulares
CAPÍTULO I
Servicios sociales y otros servicios específicos
Artículo 91
Adjudicación de contratos de servicios sociales y otros servicios específicos
Artículo 92
Publicación de los anuncios
Artículo 93
Principios de adjudicación de contratos
ANEXOS
Anexo I
Lista de actividades contempladas en el artículo 2, punto 2, letra a)
Anexo V
Requisitos relativos a las herramientas y los dispositivos de recepción electrónica de las ofertas, de las solicitudes de participación, de las solicitudes de clasificación o de los planos y proyectos en los concursos
Anexo VI, parte A
Información que debe figurar en los anuncios periódicos indicativos (a que se refiere el artículo 67)
Anexo VI, parte B
Información que debe figurar en los anuncios de publicación en un perfil de comprador de un anuncio periódico indicativo que no sirva de convocatoria de licitación (a que se refiere el artículo 67, apartado 1)
Anexo VIII
Definición de determinadas especificaciones técnicas
Anexo IX
Especificaciones relativas a la publicación
Anexo X
Información que debe figurar en los anuncios sobre la existencia de un sistema de clasificación [a que se refieren el artículo 44, apartado 4, letra b), y el artículo 68]
Anexo XI
Información que debe figurar en los anuncios de licitación (a que se refiere el artículo 69)
Anexo XII
Información que debe figurar en los anuncios de contratos adjudicados (a que se refiere el artículo 70)
Anexo XIII
Contenido de las invitaciones a presentar una oferta, a participar en el diálogo, a negociar o a confirmar el interés, previstas en el artículo 74
Anexo XIV
Lista de convenios internacionales en el ámbito social y medioambiental a que se refiere el artículo 36, apartado 2
Anexo XVI
Información que debe figurar en los anuncios de modificación de un contrato durante su vigencia (a que se refiere el artículo 89, apartado 1)
Anexo XVII
Servicios contemplados en el artículo 91
Anexo XVIII
Información que debe figurar en los anuncios sobre contratos de servicios sociales y otros servicios específicos (a que se refiere el artículo 92)
ANEXO XXIX-H
Otros elementos obligatorios de la Directiva 2014/25/UE
(Fase 4)
TÍTULO I
Ámbito de aplicación, definiciones y principios generales
CAPÍTULO I
Objeto y definiciones
Artículo 2
Definiciones: punto 17
CAPÍTULO III
Ámbito de aplicación material
Sección 1
Umbrales
Artículo 16
Métodos para calcular el valor estimado de la contratación: apartados 5 y 6
TÍTULO II
Normas aplicables a los contratos
CAPÍTULO I
Procedimientos
Artículo 44
Elección de los procedimientos: apartado 3
Artículo 48
Diálogo competitivo
Artículo 49
Asociación para la innovación
Artículo 50
Uso de un procedimiento negociado sin convocatoria de licitación previa: letra j)
CAPÍTULO II
Técnicas e instrumentos para la contratación electrónica y agregada
Artículo 51
Acuerdos marco
Artículo 52
Sistemas dinámicos de adquisición
Artículo 53
Subastas electrónicas
Artículo 54
Catálogos electrónicos
Artículo 56
Contratación conjunta esporádica
CAPÍTULO III
Desarrollo del procedimiento
Sección 2
Publicación y transparencia
Artículo 70
Anuncios de adjudicación de contratos: apartado 2
Sección 3
Selección de los participantes y adjudicación de los contratos
Subsección 1
Clasificación y selección cualitativa
Artículo 77
Sistemas de clasificación
Artículo 79
Recurso a las capacidades de otras entidades: apartado 1
TÍTULO III
Regímenes de contratación particulares
CAPÍTULO II
Normas aplicables a los concursos de proyectos
Artículo 95
Ámbito de aplicación
Artículo 96
Avisos
Artículo 97
Organización de los concursos de proyectos, selección de los participantes y jurado
Artículo 98
Decisiones del jurado
ANEXOS
Anexo VII
Información que debe figurar en los pliegos de contratación en las subastas electrónicas (artículo 53, apartado 4)
Anexo XIX
Información que debe figurar en los anuncios de concursos de proyectos (a que se refiere el artículo 96, apartado 1)
Anexo XX
Información que debe figurar en los anuncios sobre los resultados de los concursos de proyectos (a que se refiere el artículo 96, apartado 1)
ANEXO XXIX-I
Otros elementos no obligatorios de la Directiva 2014/25/UE
(Fase 4)
Los elementos de la Directiva 2014/25/UE que figuran en el presente anexo no son obligatorios, pero se recomienda su aproximación. La República de Moldavia podrá aproximar estos elementos en el plazo previsto en el anexo XXIX-B.
TÍTULO I
Ámbito de aplicación, definiciones y principios generales
CAPÍTULO I
Objeto y definiciones
Artículo 2
Definiciones: puntos 10 a 12
CAPÍTULO IV
Principios generales
Artículo 38
Contratos reservados
TÍTULO II
Normas aplicables a los contratos
CAPÍTULO I
Procedimientos
Artículo 55
Actividades de compra centralizada y centrales de compras
TÍTULO III
Regímenes de contratación particulares
CAPÍTULO I
Servicios sociales y otros servicios específicos
Artículo 94
Contratos reservados para determinados servicios
ANEXO XXIX-J
Disposiciones de la Directiva 2014/25/UE que no entran en el ámbito de aproximación
Los elementos que figuran en el presente anexo no están sujetos al proceso de aproximación.
TÍTULO I
Ámbito de aplicación, definiciones y principios generales
CAPÍTULO I
Objeto y definiciones
Artículo 1
Objeto y ámbito de aplicación: apartados 3 y 4
Artículo 3
Poderes adjudicadores: apartados 2 y 3
Artículo 4
Entidades adjudicadoras: apartado 4
CAPÍTULO III
Ámbito de aplicación material
Sección 1
Umbrales
Artículo 17
Revisión de los umbrales
Sección 2
Contratos excluidos y concursos de proyectos: disposiciones especiales aplicables a la contratación que implique aspectos de defensa y seguridad
Subsección 1
Exclusiones aplicables a todas las entidades adjudicadoras y exclusiones especiales en los sectores del agua y de la energía
Artículo 18
Contratos adjudicados a efectos de reventa o arrendamiento financiero a terceros: apartado 2
Artículo 19
Contratos adjudicados y concursos de proyectos organizados para fines distintos del desarrollo de las actividades contempladas o para el desarrollo de dichas actividades en terceros países: apartado 2
Subsección 3
Relaciones especiales (cooperación, empresas asociadas y empresas conjuntas)
Artículo 31
Notificación de información
Subsección 4
Situaciones específicas
Artículo 33
Contratos sujetos a un régimen especial
Subsección 5
Actividades sometidas directamente a la competencia y disposiciones de procedimiento correspondientes
Artículo 34
Actividades sometidas directamente a la competencia
Artículo 35
Procedimiento para establecer si es aplicable el artículo 34
TÍTULO II
Normas aplicables a los contratos
CAPÍTULO I
Procedimientos
Artículo 43
Condiciones relativas al Acuerdo sobre Contratación Pública y otros acuerdos internacionales
CAPÍTULO II
Técnicas e instrumentos para la contratación electrónica y agregada
Artículo 57
Contratación con intervención de entidades adjudicadoras de diferentes Estados miembros
CAPÍTULO III
Desarrollo del procedimiento
Sección 2
Publicación y transparencia
Artículo 71
Redacción y modalidades de publicación de los anuncios: apartados 2, 3 y 4, apartado 5, párrafo segundo, y apartado 6
Artículo 72
Publicación a nivel nacional
Sección 3
Selección de los participantes y adjudicación de los contratos
Artículo 81
Normas de aseguramiento de la calidad y normas de gestión medioambiental: apartado 3
Artículo 83
Cálculo del coste del ciclo de vida: apartado 3
Sección 4
Ofertas que contengan productos originarios de terceros países y relaciones con estos
Artículo 85
Ofertas que contengan productos originarios de terceros países
Artículo 86
Relaciones con terceros países en relación con contratos de obras, suministro y servicios
TÍTULO IV
Gobernanza
Artículo 99
Ejecución
Artículo 100
Informes específicos sobre los procedimientos para la adjudicación de los contratos
Artículo 101
Informes nacionales e información estadística
Artículo 102
Cooperación administrativa
TÍTULO V
Delegación de poderes, competencias de ejecución y disposiciones finales
Artículo 103
Ejercicio de la delegación
Artículo 104
Procedimiento de urgencia
Artículo 105
Procedimiento de Comité
Artículo 106
Transposición y disposiciones transitorias
Artículo 107
Derogación
Artículo 108
Revisión
Artículo 109
Entrada en vigor
Artículo 110
Destinatarios
ANEXOS
Anexo II
Lista de los actos jurídicos de la Unión contemplada en el artículo 4, apartado 3
Anexo III
Lista de los actos jurídicos de la Unión contemplada en el artículo 34, apartado 3
Anexo IV
Plazos para la adopción de los actos de ejecución indicados en el artículo 35
Anexo XV
Lista de los actos jurídicos de la Unión contemplada en el artículo 83, apartado 3
ANEXO XXIX-K
Elementos básicos de la Directiva 2014/23/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, relativa a la adjudicación de contratos de concesión
(Fase 3)
TÍTULO I
Objeto, ámbito de aplicación, principios generales y definiciones
CAPÍTULO I
Objeto, principios generales y definiciones
Sección I
Objeto, ámbito de aplicación, principios generales, definiciones y umbrales
Artículo 1
Objeto y ámbito de aplicación: apartados 1, 2 y 4
Artículo 2
Principio de libertad de administración de las autoridades públicas
Artículo 3
Principio de igualdad de trato, no discriminación y transparencia
Artículo 4
Libertad para definir los servicios de interés económico general
Artículo 5
Definiciones
Artículo 6
Poderes adjudicadores: apartados 1 y 4
Artículo 7
Entidades adjudicadoras
Artículo 8
Umbrales y métodos de cálculo del valor estimado de las concesiones
Sección II
Exclusiones
Artículo 10
Exclusiones aplicables a las concesiones adjudicadas por poderes adjudicadores y entidades adjudicadoras
Artículo 11
Exclusiones específicas en el ámbito de las comunicaciones electrónicas
Artículo 12
Exclusiones específicas en el sector del agua
Artículo 13
Concesiones adjudicadas a una empresa asociada
Artículo 14
Concesiones adjudicadas a una empresa conjunta o a una entidad adjudicadora que forme parte de una empresa conjunta
Artículo 17
Concesiones entre entidades del sector público
Sección III
Disposiciones generales
Artículo 18
Duración de la concesión
Artículo 19
Servicios sociales y otros servicios específicos
Artículo 20
Contratos mixtos
Artículo 21
Contratos públicos mixtos que contienen aspectos relativos a la defensa y la seguridad
Artículo 22
Contratos relativos a actividades enumeradas en el anexo II y otras actividades
Artículo 23
Concesiones relacionadas con actividades a que se refiere el anexo II y relacionadas con aspectos de defensa y seguridad
Artículo 25
Servicios de investigación y desarrollo
CAPÍTULO II
Principios
Artículo 26
Operadores económicos
Artículo 27
Nomenclaturas
Artículo 28
Confidencialidad
Artículo 29
Normas aplicables a las comunicaciones
TÍTULO II
Normas en materia de adjudicación de concesiones: principios generales y garantías procedimentales
CAPÍTULO I
Principios generales
Artículo 30
Principios generales: apartados 1, 2 y 3
Artículo 31
Anuncios de concesión
Artículo 32
Anuncios de adjudicación de concesiones
Artículo 33
Redacción y forma de publicación de los anuncios: apartado 1, párrafo primero
Artículo 34
Acceso electrónico a los documentos relativos a las concesiones
Artículo 35
Lucha contra la corrupción y prevención de los conflictos de interés
CAPÍTULO II
Garantías procedimentales
Artículo 36
Requisitos técnicos y funcionales
Artículo 37
Garantías procedimentales
Artículo 38
Selección y evaluación cualitativa de los candidatos
Artículo 39
Plazos de recepción de las solicitudes de participación y ofertas para la concesión
Artículo 40
Comunicación a los candidatos y los licitadores
Artículo 41
Criterios de adjudicación
TÍTULO III
Normas relativas a la ejecución de las concesiones
Artículo 42
Subcontratación
Artículo 43
Modificación de los contratos durante su período de vigencia
Artículo 44
Resolución de concesiones
Artículo 45
Seguimiento y presentación de informes
ANEXOS
Anexo I
Lista de actividades contempladas en el artículo 5, punto 7
Anexo II
Actividades ejercidas por las entidades adjudicadoras mencionadas en el artículo 7
Anexo III
Lista de actos jurídicos de la Unión contemplada en el artículo 7, apartado 2, letra b)
Anexo IV
Servicios contemplados en el artículo 19
Anexo V
Información que debe figurar en los anuncios de las concesiones contemplados en el artículo 31
Anexo VI
Información que debe figurar en los anuncios de información previa de concesiones de servicios sociales y otros servicios específicos mencionados en el artículo 31, apartado 3
Anexo VII
Información que debe figurar en los anuncios de concesiones adjudicadas publicados de conformidad con el artículo 32
Anexo VIII
Información que debe figurar en los anuncios de adjudicación de concesiones de servicios sociales y otros servicios específicos de conformidad con el artículo 32
Anexo IX
Especificaciones relativas a la publicación
Anexo X
Lista de convenios internacionales en el ámbito social y medioambiental a que se refiere el artículo 30, apartado 3
Anexo XI
Información que debe figurar en los anuncios de modificación de concesiones durante su vigencia, de conformidad con el artículo 43
ANEXO XXIX-L
Otros elementos no obligatorios de la Directiva 2014/23/UE
(Fase 3)
Los elementos de la Directiva 2014/23/UE que figuran en el presente anexo no son obligatorios, pero se recomienda su aproximación. La República de Moldavia podrá aproximar estos elementos en el plazo previsto en el anexo XXIX-B.
TÍTULO I
Objeto, ámbito de aplicación, principios generales y definiciones
CAPÍTULO I
Objeto, principios generales y definiciones
Sección IV
Situaciones específicas
Artículo 24
Concesiones reservadas
ANEXO XXIX-M
Disposiciones de la Directiva 2014/23/UE que no entran en el ámbito de aproximación
Los elementos que figuran en el presente anexo no están sujetos al proceso de aproximación.
TÍTULO I
Objeto, ámbito de aplicación, principios generales y definiciones
CAPÍTULO I
Objeto, principios generales y definiciones
Sección I
Objeto, ámbito de aplicación, principios generales, definiciones y umbrales
Artículo 1
Objeto y ámbito de aplicación: apartado 3
Artículo 6
Poderes adjudicadores: apartados 2 y 3
Artículo 9
Revisión del umbral
Sección II
Exclusiones
Artículo 15
Notificación de información por las entidades adjudicadoras
Artículo 16
Exclusión de actividades sometidas directamente a la competencia
TÍTULO II
Normas en materia de adjudicación de concesiones: principios generales y garantías procedimentales
CAPÍTULO I
Principios generales
Artículo 30
Principios generales: apartado 4
Artículo 33
Redacción y forma de publicación de los anuncios: apartado 1, párrafo segundo, y apartados 2, 3 y 4
TÍTULO IV
Modificación de las Directivas 89/665/CEE y 92/13/CEE
Artículo 46
Modificaciones de la Directiva 89/665/CEE
Artículo 47
Modificaciones de la Directiva 92/13/CEE
TÍTULO V
Delegación de poderes, competencias de ejecución y disposiciones finales
Artículo 48
Ejercicio de la delegación
Artículo 49
Procedimiento de urgencia
Artículo 50
Procedimiento de comité
Artículo 51
Transposición
Artículo 52
Disposiciones transitorias
Artículo 53
Seguimiento y presentación de informes
Artículo 54
Entrada en vigor
Artículo 55
Destinatarios
ANEXO XXIX-N
Elementos básicos de la Directiva 89/665/CEE, de 21 de diciembre de 1989, relativa a la coordinación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas referentes a la aplicación de los procedimientos de recurso en materia de adjudicación de los contratos públicos de suministros y de obras, modificada por la Directiva 2007/66/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2007, por la que se modifican las Directivas 89/665/CEE y 92/13/CEE del Consejo en lo que respecta a la mejora de la eficacia de los procedimientos de recurso en materia de adjudicación de contratos públicos, y por la Directiva 2014/23/UE
(Fase 2)
Artículo 1
Ámbito de aplicación y procedimientos de recurso
Artículo 2
Requisitos de los procedimientos de recurso
Artículo 2 bis
Plazo suspensivo
Artículo 2 ter
Excepciones al plazo suspensivo: párrafo primero, letra b)
Artículo 2 quater
Plazos para la interposición de un recurso
Artículo 2 quinquies
Ineficacia: apartado 1, letra b), y apartados 2 y 3
Artículo 2 sexies
Infracciones de la presente Directiva y sanciones alternativas
Artículo 2 septies
Plazos
ANEXO XXIX-O
Otros elementos de la Directiva 89/665/CEE
(Fase 2)
Artículo 2 ter
Excepciones al plazo suspensivo: párrafo primero, letra c)
Artículo 2 quinquies
Ineficacia: apartado 1, letra c), y apartado 5
ANEXO XXIX-P
Disposiciones de la Directiva 89/665/CEE que no entran en el ámbito de aproximación
Los elementos que figuran en el presente anexo no están sujetos al proceso de aproximación.
Artículo 2 ter
Excepciones al plazo suspensivo: párrafo primero, letra a)
Artículo 2 quinquies
Ineficacia: apartado 1, letra a), y apartado 4
Artículo 3
Mecanismo corrector
Artículo 3 bis
Contenido de un anuncio de transparencia previa voluntaria
Artículo 3 ter
Comité
Artículo 4
Aplicación
Artículo 4 bis
Evaluación
ANEXO XXIX-Q
Elementos básicos de la Directiva 92/13/CEE del Consejo, de 25 de febrero de 1992, relativa a la coordinación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas referentes a la aplicación de las normas comunitarias en los procedimientos de formalización de contratos de las entidades que operen en los sectores del agua, de la energía, de los transportes y de las telecomunicaciones, modificada por la Directiva 2007/66/CE y la Directiva 2014/23/UE
(Fase 2)
Artículo 1
Ámbito de aplicación y procedimientos de recurso
Artículo 2
Requisitos de los procedimientos de recurso
Artículo 2 bis
Plazo suspensivo
Artículo 2 ter
Excepciones al plazo suspensivo: párrafo primero, letra b)
Artículo 2 quater
Plazos para la interposición de un recurso
Artículo 2 quinquies
Ineficacia: apartado 1, letra b), y apartados 2 y 3
Artículo 2 sexies
Infracciones de la presente Directiva y sanciones alternativas
Artículo 2 septies
Plazos
ANEXO XXIX-R
Otros elementos de la Directiva 92/13/CEE
(Fase 4)
Artículo 2 ter
Excepciones al plazo suspensivo: párrafo primero, letra c), y párrafo quinto
ANEXO XXIX-S
Disposiciones de la Directiva 92/13/CEE que no entran en el ámbito de aproximación
Los elementos que figuran en el presente anexo no están sujetos al proceso de aproximación.
Artículo 2 ter
Excepciones al plazo suspensivo: párrafo primero, letra a)
Artículo 2 quinquies
Ineficacia: apartado 1, letra a), y apartado 4
Artículo 3 bis
Contenido de un anuncio de transparencia previa voluntaria
Artículo 3 ter
Comité
Artículo 8
Mecanismo corrector
Artículo 12
Aplicación
Artículo 12 bis
Evaluación
ANEXO XXIX-T
República de Moldavia: lista indicativa de temas de cooperación
1.
Formación, en la Unión y en la República de Moldavia, de funcionarios de organismos públicos de la República de Moldavia que realicen contratación pública.
2.
Formación de proveedores interesados que participen en contrataciones públicas.
3.
Intercambio de información y de experiencias sobre buenas prácticas y sobre reglamentación en el ámbito de la contratación pública.
4.
Mejora de la funcionalidad del sitio web sobre contratación pública y establecimiento de un sistema de supervisión de la contratación pública.
5.
Consultas y asistencia metodológica de la Unión en la aplicación de tecnologías electrónicas modernas en el ámbito de la contratación pública.
6.
Refuerzo de los organismos encargados de garantizar una política coherente en todos los ámbitos relacionados con la contratación pública, así como la consideración (revisión) independiente e imparcial de las decisiones de los poderes adjudicadores (véase el artículo 270 del presente Acuerdo).
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid