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Documento DOUE-L-2014-81088

Corrección de errores del Reglamento (CE) nº 1126/2008 de la Comisión, de 3 de noviembre de 2008, por el que se adoptan determinadas Normas Internacionales de Contabilidad de conformidad con el Reglamento (CE) nº 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOUE» núm. 157, de 27 de mayo de 2014, páginas 103 a 103 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2014-81088

TEXTO ORIGINAL

En la página 95, en el anexo, Norma Internacional de Contabilidad no 18, apartado 14, letra c):

donde dice:

«la cuantía que la modificación supone puede ser valorada con suficiente fiabilidad»,

debe decir: «el importe de los ingresos ordinarios puede valorarse con suficiente fiabilidad».

En la página 96, en el anexo, Norma Internacional de Contabilidad no 18, apartado 20, letra a): donde dice:

«la cuantía que la modificación supone puede ser valorada con suficiente fiabilidad»,

debe decir: «el importe de los ingresos ordinarios puede valorarse con suficiente fiabilidad».

En la página 97, en el anexo, Norma Internacional de Contabilidad no 18, apartado 29, letra b): donde dice: «la cuantía que la modificación supone puede ser valorada con suficiente fiabilidad»,

debe decir: «el importe de los ingresos ordinarios puede valorarse con suficiente fiabilidad».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 27/05/2014
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por el Reglamento 2023/1803, de 13 de agosto. (Ref. DOUE-L-2023-81329).
  • Fecha de derogación: 16/10/2023
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 1126/2008, de 3 de noviembre (Ref. DOUE-L-2008-82353).
Materias
  • Contabilidad
  • Empresas
  • Normalización
  • Sociedades

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