EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea y el Régimen aplicable a otros agentes de la Unión Europea, establecidos mediante el Reglamento (CEE, Euratom, CECA) n o 259/68 del Consejo ( 1 ), y en particular el artículo 2 del mencionado Estatuto y el artículo 6 del mencionado Régimen,
Considerando lo siguiente:
(1) En virtud del artículo 240, apartado 2, párrafo primero, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, la Secretaría General del Consejo estará bajo la responsabilidad de un Secretario General.
(2) A la luz del Reglamento (UE, Euratom) n o 1023/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 2 ), que introduce, entre otras modificaciones, un nuevo grupo de funciones AST/SC, es conveniente adoptar una nueva decisión por la que se determine para la Secretaría General del Consejo la autoridad facultada para proceder a los nombramientos y la autoridad facultada para celebrar los contratos de personal, y derogar la Decisión 2011/444/UE del Consejo ( 3 ).
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Las competencias que el Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea («Estatuto») atribuye a la autoridad facultada para proceder a los nombramientos, y que el Régimen aplicable a otros agentes de la Unión Europea («Régimen aplicable a otros agentes») atribuye a la autoridad facultada para celebrar los contratos de personal serán ejercidas, por lo que respecta a la Secretaría General del Consejo:
a) por el Consejo, por lo que se refiere al Secretario General;
b) por el Consejo, a propuesta del Secretario General, para la aplicación a los directores generales de los artículos 1 bis, 30, 34, 41, 49, 50 y 51 del Estatuto;
c) por el Secretario General en los demás casos.
Se autoriza al Secretario General a delegar en el Director General de la Administración todas o parte de sus competencias por lo que respecta a la aplicación del Régimen aplicable a otros agentes, así como a la aplicación del Estatuto a los funcionarios del grupo de funciones AST y AST/SC, a excepción de las competencias en materia de nombramiento y cese definitivo de los funcionarios y de contratación de otros agentes.
Queda derogada la Decisión 2011/444/UE del Consejo.
La presente Decisión entrará en vigor el 1 de enero de 2014.
Hecho en Bruselas, el 17 de diciembre de 2013.
Por el Consejo
El Presidente
L. LINKEVIÈIUS
( 1 ) Reglamento (CEE, Euratom, CECA) n o 259/68 del Consejo, de 29 de febrero de 1968, por el que se establece el Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y el régimen aplicable a los otros agentes de estas Comunidades (DO L 56 de 4.3.1968, p. 1).
( 2 ) Reglamento (UE, Euratom) n o 1023/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2013, por el que se modifica el Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea y el régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea (DO L 287 de 29.10.2013, p. 15).
( 3 ) Decisión 2011/444/UE del Consejo, de 12 de julio de 2011, por la que se determina para la Secretaría General del Consejo la autoridad facultada para proceder a los nombramientos y la autoridad facultada para celebrar los contratos de personal y se deroga la Decisión 2006/491/CE, Euratom (DO L 191 de 22.7.2011, p. 21).
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