EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 29,
Vista la Decisión 2010/232/PESC del Consejo, de 26 de abril de 2010, por la que se renuevan las medidas restrictivas contra Birmania/Myanmar ( 1 ), y, en particular, su artículo 14,
Considerando lo siguiente:
(1) El 26 de abril de 2010, el Consejo adoptó la Decisión 2010/232/PESC, por la que se renuevan las medidas restrictivas contra Birmania/Myanmar.
(2) Se debe actualizar la información relativa a una de las entidades que figuran en la lista del anexo I de la Decisión 2010/232/PESC.
(3) Se debe modificar el anexo I de la Decisión 2010/232/PESC en consecuencia.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
En el anexo I de la Decisión 2010/232/PESC, la mención correspondiente a Mayar (H.K) Ltd se sustituye por la siguiente:
«Mayar India Ltd (Yangon Branch)
37, Rm (703/4), Level (7), Alanpya Pagoda Rd, La Pyayt Wun Plaza, Dagon, Yangon».
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Bruselas, el 19 de diciembre de 2011.
Por el Consejo
El Presidente
M. KOROLEC
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( 1 ) DO L 105 de 27.4.2010, p. 22.
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