LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) n o 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM) ( 1 ), y, en particular, su artículo 148, leído en relación con su artículo 4,
Considerando lo siguiente:
(1) El Reglamento (CE) n o 1831/96 de la Comisión ( 2 ) abrió contingentes arancelarios de determinadas frutas y hortalizas y determinados productos transformados a base de frutas y hortalizas que figuran en sus anexos y estableció la gestión de dichos contingentes.
(2) Desde la adopción del Reglamento (CE) n o 1831/96, han cambiado varios códigos NC que figuraban en los anexos originales I, II y III de dicho Reglamento. En consecuencia, el Reglamento (CE) n o 973/2006 de la Comisión ( 3 ) sustituyó esos anexos.
(3) Parece que en el anexo I del Reglamento (CE) n o 1831/96, modificado por el Reglamento (CE) n o 973/2006, falta el código NC 2009 80 34 y resulta necesario incluirlo.
(4) Procede, por tanto, corregir el Reglamento (CE) n o 1831/96, modificado por el Reglamento (CE) n o 973/2006.
(5) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la organización común de mercados agrícolas.
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
En el anexo I del Reglamento (CE) n o 1831/96, en lo que respecta al n o de orden 09.0093, el código NC «2009 80 34» se incluirá en la columna «Código NC Subdivisión TARIC».
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Será aplicable a partir del 3 de julio de 2006.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 5 de mayo de 2010.
Por la Comisión
El Presidente
José Manuel BARROSO
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( 1 ) DO L 299 de 16.11.2007, p. 1.
( 2 ) DO L 243 de 24.9.1996, p. 5.
( 3 ) DO L 176 de 30.6.2006, p. 63.
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