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Documento DOUE-L-2009-81458

Corrección de errores del Reglamento (CE) nº 256/2009 de la Comisión, de 23 de marzo de 2009, por el que se modifican los anexos II y III del Reglamento (CE) nº 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a los límites máximos de residuos de azoxistrobina y fludioxonil en determinados productos.

Publicado en:
«DOUE» núm. 208, de 12 de agosto de 2009, páginas 39 a 39 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2009-81458

TEXTO ORIGINAL

En la página 10, en el anexo, punto 2 (modificación de las líneas correspondientes al fludioxonil), en el cuadro, en lugar de:

«Código no

Grupos y tipos de productos individuales a los que se aplican los límites máximos de residuos (a)

Fludioxonil

140030

Melocotones

léase:

«Código no

Grupos y tipos de productos individuales a los que se aplican los límites máximos de residuos (a)

Fludioxonil

140030

Melocotones

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 12/08/2009
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 256/2009, de 23 de marzo (Ref. DOUE-L-2009-80493).
  • CORRIGE errores del Reglamento 396/2005, de 23 de febrero (Ref. DOUE-L-2005-80504).
Materias
  • Frutos de pepita
  • Legumbres de raíz
  • Plaguicidas
  • Productos alimenticios
  • Productos fitosanitarios
  • Residuos

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