LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CEE) no 2081/92 del Consejo, de 14 de julio de 1992, relativo a la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios (1), y, en particular, su artículo 6, apartados 3 y 4.
Considerando lo siguiente:
(1) De conformidad con el artículo 6, apartado 2, del Reglamento (CEE) no 2081/92, la solicitud de Italia para el registro de las dos denominaciones «Fico bianco del Cilento » y «Melannurca Campana»; la solicitud de Francia para el registro de la denominación «Huile d’olive de Nice»; y la solicitud de España para el registro de las cuatro denominaciones «Pimiento Asado del Bierzo», «Montes de Granada», «Aceite de la Rioja» y «Antequera» se publicaron en el Diario Oficial de la Unión Europea (2).
(2) Habida cuenta de que no se ha notificado a la Comisión ninguna declaración de oposición, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento (CEE) no 2081/92, tales denominaciones deben, pues, inscribirse en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas.
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
El anexo del Reglamento (CE) no 2400/96 de la Comisión (3) se completa con las denominaciones que figuran en el anexo del presente Reglamento.
El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 10 de marzo de 2006.
Por la Comisión
Mariann FISCHER BOEL
Miembro de la Comisión
(1) DO L 208 de 24.7.1992, p. 1. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 806/2003 (DO L 122 de 16.5.2003, p. 1).
(2) DO C 125 de 24.5.2005, p. 2 (Pimiento Asado del Bierzo); DO C 137 de 4.6.2005, p. 12 (Fico bianco del Cilento); DO C 138 de 7.6.2005, p. 7 (Melannurca Campana); DO C 151 de 22.6.2005, p. 4 (Montes de Granada); DO C 172 de 12.7.2005, p. 7 (Huile d’olive de Nice); DO C 172 de 12.7.2005, p. 13 (Aceite de La Rioja); DO C 177 de 19.7.2005, p. 28 (Antequera).
(3) DO L 327 de 18.12.1996, p. 11.
Grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)
ESPAÑA
Montes de Granada (DOP)
Aceite de la Rioja (DOP)
Antequera (DOP)
FRANCIA
Huile d’olive de Nice (DOP)
Frutas, hortalizas y cereales, en estado natural o transformados
ESPAÑA
Pimiento Asado del Bierzo (IGP)
ITALIA
Fico Bianco del Cilento (DOP)
Melannurca Campana (IGP).
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