Está Vd. en

Documento DOUE-L-2000-82591

Reglamento (CE) nº 2898/2000 de la Comisión, de 22 de diciembre de 2000, que modifica el Reglamento (CE) nº 1370/95 por el que se establecen disposiciones de aplicación del régimen de certificados de exportación en el sector de la carne de porcino.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 336, de 30 de diciembre de 2000, páginas 32 a 33 (2 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-2000-82591

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) n° 2759/75 del Consejo, de 29 de octubre de 1975, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la carne de porcino (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1365/2000 (2), y, en particular, el apartado 2 de su artículo 8 y el apartado 12 de su artículo 13,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) n° 1370/95 de la Comisión (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1342/2000 (4), establece disposiciones de aplicación del régimen de certificados de exportación en el sector de la carne de porcino.

(2) Es necesario adaptar los códigos de producto establecidos en el anexo I del Reglamento (CEE) n° 1370/95 a las recientes modificaciones del Reglamento (CEE) n° 3846/87 de la Comisión, de 17 de diciembre de 1987, por el que se establece la nomenclatura de los productos agrarios para las restituciones a la exportación (5), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 2849/2000 (6).

(3) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la carne de porcino.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento (CE) n° 1370/95 se sustituirá por el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Será aplicable a los certificados de exportación solicitados a partir del 1 de enero de 2001.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 22 de diciembre de 2000.

Por la Comisión

Franz Fischler

Miembro de la Comisión

_______________

(1) DO L 282 de 1.11.1975, p. 1.

(2) DO L 156 de 29.6.2000, p. 5.

(3) DO L 133 de 17.6.1995, p. 9.

(4) DO L 154 de 27.6.2000, p. 14.

(5) DO L 366 de 24.12.1987, p. 1.

(6) DO L 335 de 30.12.2000, p. 1.

ANEXO

"ANEXO I

TABLA OMITIDA

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 22/12/2000
  • Fecha de publicación: 30/12/2000
  • Fecha de entrada en vigor: 30/12/2000
  • Aplicable a los certificados solicitados desde el 1 de enero de 2001.
  • Fecha de derogación: 06/09/2003
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • SUSTITUYE el anexo I del Reglamento 1370/95, de 16 de junio (Ref. DOUE-L-1995-80733).
Materias
  • Carnes
  • Exportaciones
  • Ganado porcino
  • Licencia de exportación

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid