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Documento DOUE-L-1998-82283

Reglamento (CE) nº 2784/98 de la Comisión, de 22 de diciembre de 1998, que completa el anexo del Reglamento (CE) nº 2400/96 relativo a la inscripción de determinadas denominaciones en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas establecido en el Reglamento (CEE) nº 2081/92 del Consejo relativo a la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios.

Publicado en:
«DOCE» núm. 347, de 23 de diciembre de 1998, páginas 19 a 20 (2 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1998-82283

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) n° 2081/92 del Consejo, de 14 de julio de 1992, relativo a la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1068/79 de la Comisión (2), y, en particular, los apartados 3 y 4 de su artículo 6,

Considerando que, de conformidad con el artículo 5 del Reglamento (CEE) n° 2081/92, el Reino Unido y Francia han presentado a la Comisión solicitudes de registro de varias denominaciones como indicaciones geográficas;

Considerando que se ha comprobado que, de conformidad con el apartado 1 del artículo 6 de dicho Reglamento, dichas solicitudes se ajustan al mismo y, en particular, que incluyen todos los elementos establecidos en su artículo 4;

Considerando que, tras la publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas (3) de las denominaciones que figuran en el anexo del presente Reglamento, la Comisión no ha recibido ninguna declaración de oposición tal como se define en el artículo 7 del citado Reglamento;

Considerando que, por consiguiente, dichas denominaciones pueden inscribirse en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas y, por lo tanto, ser protegidas a escala comunitaria como indicaciones geográficas protegidas;

Considerando que el anexo del presente Reglamento completa el anexo del Reglamento (CE) n° 2400/96 de la Comisión (4), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 2139/98 (5),

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo del Reglamento (CE) n° 2400/96 se completa con las denominaciones que figuran en el anexo del presente Reglamento, que quedan inscritas en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas como indicaciones geográficas protegidas (IGP), según lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 6 del Reglamento (CEE) n° 2081/92.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 22 de diciembre de 1998.

Por la Comisión

Franz FISCHLER

Miembro de la Comisión

(1) DO L 208 de 24. 7. 1992, p. 1.

(2) DO L 156 de 13. 6. 1997, p. 10.

(3) DO C 120 de 18. 4. 1998, p. 7.

(4) DO L 327 de 18. 12. 1996, p. 11.

(5) DO L 270 de 7. 10. 1998, p. 7.

ANEXO
PRODUCTOS DEL ANEXO II DEL TRATADO DESTINADOS A LA ALIMENTACION HUMANA

Quesos

REINO UNIDO

«Dorset Blue Cheese (IGP)»

Frutas y hortalizas

FRANCIA

«Melon du Haut-Poitou (IGP)».

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 22/12/1998
  • Fecha de publicación: 23/12/1998
  • Fecha de entrada en vigor: 23/12/1998
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
Materias
  • Denominaciones de origen
  • Francia
  • Frutos
  • Productos hortícolas
  • Productos lácteos
  • Queso
  • Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte

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