LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Vista la Directiva 64/432/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1964, relativa a problemas de policía sanitaria en materia de intercambios intracomunitarios de animales de las especies bovina y porcina (1), cuya última modificación la constituye la Decisión 98/46/CE (2), y, en particular, su artículo 9,
Considerando que en 1991 se inició un programa de erradicación de la rinotraqueítis infecciosa bovina en Bolzano (Italia);
Considerando que el programa de erradicación se sigue aplicando todavía; que el programa debería permitir erradicar la rinotraqueítis infecciosa bovina de Bolzano (Italia) en el futuro;
Considerando que es, por tanto, conveniente aprobar el programa por un período de tres años;
Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente,
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:
Artículo 1
Queda aprobado el programa de erradicación de la rinotraqueítis infecciosa bovina de Bolzano (Italia) por un nuevo período de tres años.
Artículo 2
Italia adoptará, antes del 1 de noviembre de 1998, las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas que permitan poner en práctica el programa mencionado en el artículo 1.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 1 de noviembre de 1998.
Artículo 4
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 9 de octubre de 1998.
Por la Comisión
Franz FISCHLER
Miembro de la Comisión
_______________
(1) DO 121 de 29. 7. 1964, p. 1977/64.
(2) DO L 198 de 15. 7. 1998, p. 22.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid