LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CEE) n° 2019/93 del Consejo, de 19 de julio de 1993, por el que se establecen medidas especiales en favor de las islas menores del mar Egeo relativas a determinados productos agrícolas, cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 2417/95 de la Comisión , y, en particular, su artículo 4,
Considerando que las disposiciones comunes de aplicación del régimen de abastecimiento especial de determinados productos agrícolas a las islas menores del mar Egeo han sido establecidas por el Reglamento (CEE) n° 2958/93 de la Comisión, cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1802/95;
Considerando que, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 2 del Reglamento (CEE) n° 2019/93, el Reglamento (CE) n° 3175/94 de la Comisión, cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 2416/96, ha establecido el plan de previsiones de abastecimiento de productos del sector de los cereales para 1997; que, para satisfacer las necesidades de estas islas es preciso modificar este plan de abastecimiento para 1997; que, por consiguiente es conveniente modificar el Reglamento (CE) n° 3175/94;
Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de los cereales,
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Se sustituirá el anexo del Reglamento (CE) n° 3175/94 por el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 10 de noviembre de 1997.
Por la Comisión
Franz FISCHLER
Miembro de la Comisión
ANEXO
Plan de abastecimiento de cereales a las islas menores del mar Egeo en 1997 (en toneladas)
Cantidades 1997
Productos del sector
de los cereales Códigos NC Islas del grupo A Islas del grupo B
originarios de la
Comunidad Europea
Cereales en grano 1001, 1002,
1003, 1004 7 300 41 750
y 1005
Cebada originaria de
Limnos 1003 5 000
Harina de trigo 1101 y 1102 11 000 40 000
Residuos y desperdicios
de las industrias ali- 2302 a 2308 4 000 26 300
mentarias
Preparados de los tipos
utilizados para la 2309 90 2 500 12 000
alimentación de los
animales
Total de cada grupo 24 800 120 050
Total general 149 850
La composición de los grupos A y B figura en los Anexos I y II del Reglamento (CEE) nº 2958/93.
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