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Documento DOUE-L-1997-82133

Reglamento (CE) nº 2216/97 del Consejo, de 3 de noviembre de 1997, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 2658/87 relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común, y por el que se suspende, con carácter autónomo, la recaudación de los derechos del arancel aduanero común respecto de determinados productos relativos a las tecnologías de la información.

Publicado en:
«DOCE» núm. 305, de 8 de noviembre de 1997, páginas 1 a 15 (15 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1997-82133

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNION EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, sus artículos 28 y 113,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando que el Reglamento (CEE) n° 2658/87 instauró una nomenclatura de las mercancías denominada «nomenclatura combinada»;

Considerando que la Decisión 97/359/CE del Consejo consolida y elimina, a más tardar a partir del 1 de enero de 2000, los derechos de aduana

correspondiente a determinados productos de las tecnologías de la información; que, por otro lado, la Declaración ministerial de Singapur, de 13 de diciembre de 1996, sobre el comercio de dichos productos, incita en sus anexos a los participantes a eliminar de manera autónoma los derechos de aduana antes de esta fecha; que debe aplicarse con carácter autónomo una suspensión o una reducción suplementaria de los derechos de aduana para algunos de los productos contemplados por dicha Decisión, incluidos determinados semiconductores;

Considerando, por otra parte, que la Decisión 94/800/CE del Consejo, de 22 de diciembre de 1994, relativa a la celebración en nombre de la Comunidad Europea de los acuerdos resultantes de las negociaciones multilaterales de la Ronda Uruguay (1986-1994) , tuvo como efecto eximir de derechos de aduana determinados aparatos destinados a fabricar y probar semiconductores; que algunas partes destinadas a ser incorporadas de dichos aparatos permanecen sujetas a los derechos de aduana de las partidas arancelarias en las que están clasificadas; que, por otra parte, otros aparatos destinados a fabricar y probar semiconductores y sus partes no gozan de dicha exención; que procede que estas partes y aparatos puedan gozar de ella;

Considerando que el Reglamento (CEE) n° 2913/92 del Consejo, de 12 de octubre de 1992, por el que se aprueba el Código Aduanero Comunitario y, en particular, sus artículos 21, 82, 88 y 90 y el Reglamento (CEE) n° 2454/93 de la Comisión, de 2 de julio de 1993, por el que se establecen determinadas disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) n° 2913/92 y, en particular, sus artículos 291 y siguientes, determinan las condiciones de acceso de determinadas mercancías a un régimen arancelario favorable en el momento de la importación debido a su asignación a un destino particular; que está justificado recurrir a estas disposiciones por lo que respecta a determinados aparatos;

Considerando que procede introducir en la nomenclatura combinada subpartidas para estos productos, algunas de ellas acompañadas de disposiciones relativas al destino especial; que procede, por lo tanto, modificar dicha nomenclatura,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

1. La segunda parte del anexo I de la nomenclatura combinada aneja al Reglamento (CEE) n° 2658/87 queda modificada de conformidad con el anexo I del presente Reglamento.

2. Las modificaciones de las subpartidas de la nomenclatura combinada, establecidas por el presente Reglamento, se aplicarán como subpartidas Taric hasta que se incluyan en la nomenclatura combinada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento (CEE) n° 2658/87.

Artículo 2

El tipo de los derechos autónomos aplicable al producto mencionado en el anexo II deberá reducirse progresivamente con arreglo al calendario que figura en dicho anexo.

Artículo 3

Por lo que respecta a los códigos NC 8471 10 10 a 8471 90 00, 8473 10 11, 8473 21 10 a 8473 40 11, 8473 50 10, 8473 50 90 y 8541 10 10 a 8542 90 00,

en la columna 3 de la segunda parte del anexo I del Reglamento (CEE) n° 2658/87, la referencia de la nota a pie de página (z) se incluirá después del tipo de derechos autónomos. El texto de la nota (z) será el siguiente:

«(z) Derecho suspendido por un período indefinido.».

Artículo 4

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Los artículos 1 y 2 se aplicarán a partir del 1 de noviembre de 1997.

El artículo 3 se aplicará a partir del 1 de enero de 1998.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 3 de noviembre de 1997.

Por el Consejo

El Presidente

M.-J. JACOBS

ANEXO I

Código NC Designación de la mercancía Tipos de los derechos Unidad

autónomos convencio- suple-

nales menta-

ria

(1) (2) (3) (4) (5)

7020 00 Las demás manufacturas de

vidrio:

7020 00 05(a) - Tubos y soportes de reac- 21 (z) 3 --

tores de cuarzo destinados

a hornos de difusión y de

oxidación para la producción

de materiales semiconducto-

res

(sin cambios)

(a) Código Taric: 7020 00 10* 10.

(z) Derecho suspendido por un período indefinido.

Código NC Designación de la mercancía Tipos de los derechos Unidad

autónomos convencio- suple-

nales menta-

ria

(1) (2) (3) (4) (5)

8414 10 - Bombas de vacío:

8414 10 10 -- (sin cambios)

8414 10 20(a) -- Para ser utilizadas en la 12 (z) 2,8 --

producción de semiconducto-

res(y)

-- Las demás:

8414 10 30 --- (sin cambios)

--- (sin cambios)

8414 10 50 ---- (sin cambios)

8414 10 80(b) ---- (sin cambios)

(a) Código Taric: 8414 10 30* 10, 8414 10 50* 10, 8414 10 90* 10.

(b) Código Taric: 8414 10 30* 90, 8414 10 50* 90, 8414 10 90* 90.

(y) La admisión de esta subpartida se subordinará a las condiciones previstas en las disposiciones comunitarias dictadas en la materia.

(z) Derecho suspendido por un período indefinido.

Código NC Designación de la mercancía Tipos de los derechos Unidad

autónomos convencio- suple-

nales menta-

ria

(1) (2) (3) (4) (5)

8419 89 25 --- (sin cambios)

8419 89 27(a) --- Aparatos para la deposi- 14 (z) 3,1 --

ción química de vapor en

sustratos de visualización

de cristal líquido

8419 89 30 --- (sin cambios)

8419 89 98(b) --- Los demás 14 3,1 --

(a) Código Taric: 8419 89 95* 20.

(b) Código Taric: 8419 89 95* 10, 8419 89 95* 90.

(z) Derecho suspendido por un período indefinido.

Código NC Designación de la mercancía Tipos de los derechos Unidad

autónomos convencio- suple-

nales menta-

ria

(1) (2) (3) (4) (5)

8419 90 - Partes:

8419 90 10 (sin cambios)

8419 90 20 (sin cambios)

8419 90 30(a) -- De aparatos de las sub- 14 (z) 2 --

partidas 8419 89 15, 8419

89 20 u 8419 89 25

8419 90 50(f) -- De aparatos de la subpar- 14 (z) 2,7 --

tida 8419 89 27

8419 90 80 (sin cambios)

(a) Código Taric: 8419 90 95* 10.

(f) Código Taric: 8419 90 95* 20.

(z) Derecho suspendido por un período indefinido.

Código NC Designación de la mercancía Tipos de los derechos Unidad

autónomos convencio- suple-

nales menta-

ria

(1) (2) (3) (4) (5)

8421 19 -- Las demás:

8421 19 10 --- (sin cambios)

--- (sin cambios)

8421 19 91 ---- (sin cambios)

---- Centrifugadoras del ti-

po de 1as utilizadas en la

fabricación de discos obleas

(«wafers») semiconductoras:

8421 19 93 ----- (sin cambios)

8421 19 95(a) ----- Las demás 13 (z) 1,1 --

---- Las demás:

8421 19 96(b) ----- Centrifugadoras para 13 (z) 1,5 --

el revestimiento de sustra-

tos de visualización de

cristal líquido con emulsio-

nes fotográficas

8421 19 97(c) ----- Las demás 13 1,5

- Partes:

8421 91 -- De centrifugadoras, in-

cluidas las de secadoras

centrífugas:

8421 91 10(d) --- De aparatos de las sub- 13 (z) 1,9 --

partidas 8421 19 93 u 8421

19 95

8421 91 30(e) --- De aparatos de la sub- 13 (z) 2,5 --

partida 8421 19 96

8421 91 90(f) --- Los demás 13 2,5 --

8421 99 00 (sin cambios)

(a) Código Taric: 8421 19 98* 10.

(b) Código Taric: 8421 19 98* 20.

(c) Código Taric: 8421 19 98* 90.

(d) Código Taric: 8421 91 00* 10.

(e) Código Taric: 8421 91 00* 20.

(f) Código Taric: 8421 91 00* 90.

(z) Derecho suspendido por un período indefinido.

Código NC Designación de la mercancía Tipos de los derechos Unidad

autónomos convencio- suple-

nales menta-

ria

(1) (2) (3) (4) (5)

8424 89 -- Los demás:

8424 89 20 (sin cambios)

8424 89 30(a) --- Máquinas de desbarbar 12 (z) 2,1 --

para limpiar los conductores

metálicos de los bloques se-

miconductores antes del pro-

ceso de galvanoplastia

(sin cambios)

8424 90 - Partes:

8424 90 10(b) -- De aparatos de la sub- 12 (z) 2,1 --

partida 8424 89 20

8424 90 30(f) -- De aparatos de la sub- 12 (z) 2,8 --

partida 8424 89 30

8424 90 90 (sin cambios)

(a) Código Taric: 8424 89 80 10.

(b) Código Taric: 8424 90 00 91.

(f) Código Taric: 8424 90 00 92.

(z) Derecho suspendido por un período indefinido.

Código NC Designación de la mercancía Tipos de los derechos Unidad

autónomos convencio- suple-

nales menta-

ria

(1) (2) (3) (4) (5)

8431 39 -- Las demás:

(sin cambios)

8431 39 20(a) --- Para máquinas de la sub- 14 (z) 1,2 --

partida 8428 39 93

(sin cambios)

(a) Código Taric: 8431 39 90* 91.

(z) Derecho suspendido por un período indefinido.

Código NC Designación de la mercancía Tipos de los derechos Unidad

autónomos convencio- suple-

nales menta-

ria

(1) (2) (3) (4) (5)

8443 59 -- (sin cambios)

8443 59 20 --- (sin cambios)

--- Las demás:

8443 59 40(a) ---- Para ser utilizadas en 11 (z) 2,2 p/st

la producción de semiconduc-

tores (y)

8443 59 70(b) ---- Las demás 11 2,2 p/st

(a) Código Taric: 8443 59 80* 10.

(b) Código Taric: 8443 59 80* 90.

(y) La admisión de esta subpartida se subordinará a las condiciones previstas en las disposiciones comunitarios dictadas en la materia.

(z) Derecho suspendido por un período indefinido.

Código NC Designación de la mercancía Tipos de los derechos Unidad

autónomos convencio- suple-

nales menta-

ria

(1) (2) (3) (4) (5)

8443 90 - Partes:

8443 90 05(a) -- Para ser utilizadas en la 11 (z) 2,2 --

producción de semiconducto-

res (y)

-- Las demás:

8443 90 10(c) --- Coladas o moldeadas, de 11 2,2 p/st

fundición, de hierro o de

acero

8443 90 80(d) --- Las demás 11 2,2 p/st

(a) Código Taric: 8443 90 10* 10, 8443 90 90* 10.

(y) La admisión de esta subpartida se subordinará a las condiciones

previstas en las disposiciones comunitarios dictadas en la materia.

(c) Código Taric: 8443 90 10* 90.

(d) Código Taric: 8443 90 90* 90.

(z) Derecho suspendido por un período indefinido.

Código NC Designación de la mercancía Tipos de los derechos Unidad

autónomos convencio- suple-

nales menta-

ria

(1) (2) (3) (4) (5)

8456 10 - Que trabajen mediante lá-

ser u otros haces de luz o

de fotones:

8456 10 10(a) -- Del tipo de 1as utiliza- 15 (z) 3,5 p/st

das en la fabricación de

discos obleas («wafers») o

dispositivos semiconductores

(sin cambios)

(a) Código Taric: 8456 10 00* 10.

(z) Derecho suspendido por un período indefinido.

Código NC Designación de la mercancía Tipos de los derechos Unidad

autónomos convencio- suple-

nales menta-

ria

(1) (2) (3) (4) (5)

8456 99 - (sin cambios)

8456 99 10 -- (sin cambios)

8456 99 30 -- (sin cambios)

8456 99 50(a) -- Aparatos para atacar en 15 (z) 3,9 --

seco modelos en sustratos de

visualización de cristal lí-

quido

8456 99 80(b) -- Las demás 15 3,9 --

(a) Código Taric: 8456 99 90* 10.

(b) Código Taric: 8456 99 90* 90.

(z) Derecho suspendido por un período indefinido.

Código NC Designación de la mercancía Tipos de los derechos Unidad

autónomos convencio- suple-

nales menta-

ria

(1) (2) (3) (4) (5)

- Máquinas (incluidas las

prensas) para enrollar, cur-

var, plegar, enderezar o

aplanar:

8462 21 -- De control numérico:

8462 21 05(a) --- Del tipo de las utili- 8 (z) 2,4 --

zadas en la fabricación de

dispositivos semiconductores

(sin cambios)

8462 29 -- Las demás:

8462 29 05(c) --- Del tipo de las utiliza-

das en la fabricación de

dispositivos semicondoctores

(sin cambios)

(a) Código Taric: 8462 21 90* 10.

(c) Código Taric: 8462 29 99* 10, 8462 29 91* 10.

(z) Derecho suspendido por un período indefinido.

Código NC Designación de la mercancía Tipos de los derechos Unidad

autónomos convencio- suple-

nales menta-

ria

(1) (2) (3) (4) (5)

8466 91 -- Para máquinas de la par-

tida 8464:

8466 91 15(a) --- Para máquinas de las 8 (z) 1,4 --

subpartidas 8464 10 10, 8464

20 05 u 8464 90 10

(sin cambios)

8466 93 -- Para máquinas de la par-

tida 8456 a 8461:

8466 93 15(c) --- Para máquinas y aparatos 8 (z) 1,4 --

de las subpartidas 8456 10

10, 8456 91 00,8456 99 10 u

8456 99 30

8466 93 17(f) -- Para aparatos de la sub- 8 (z) 1,9 --

partida 8456 99 50

--- Los demás:

(sin cambios)

8466 94 -- Para máquinas de la par-

tida 8462 u 8463:

8466 94 10(e) --- Para máquinas de las 8 (z) 1,4 --

subpartidas 8462 21 05 u

8462 29 05

(sin cambios)

(a) Código Taric: 8466 91 20* 10, 8466 91 80* 10.

(c) Código Taric: 8466 93 20* 10, 8466 93 80* 10.

(e) Código Taric: 8466 94 00* 10.

(f) Código Taric: 8466 93 20* 20, 8466 93 80* 20.

(z) Derecho suspendido por un período indefinido.

Código NC Designación de la mercancía Tipos de los derechos Unidad

autónomos convencio- suple-

nales menta-

ria

(1) (2) (3) (4) (5)

8477 10 - Máquinas para moldear por

inyección:

8477 10 10(a) -- Aparatos de encapsulado 15 (z) 2,1 --

para el montaje de disposi-

tivos semiconductores

(sin cambios)

8477 59 -- Las demás:

8477 59 05(c) --- Aparatos de encapsulado 15 (z) 2,1 --

para el montaje de disposi-

tivos semiconductores

(sin cambios)

8477 90 - Partes:

8477 90 05(e) -- De máquinas de 1as sub- 15 (z) 2,1 --

partidas 8477 10 10 y 8477

59 05

(sin cambios)

(a) Código Taric: 8477 10 00* 10.

(c) Código Taric: 8477 59 10* 10, 8477 59 90* 10.

(e) Código Taric: 8477 90 10* 10, 8477 90 90* 10.

(z) Derecho suspendido por un período indefinido.

Código NC Designación de la mercancía Tipos de los derechos Unidad

autónomos convencio- suple-

nales menta-

ria

(1) (2) (3) (4) (5)

8479 89 -- Los demás:

(sin cambios)

8479 89 76(a) ---- Aparatos para ataque 15 (z) 2,1 --

químico por vía húmeda, re-

velado, decapado o limpieza

de los substratos de los vi-

sualizadores de cristal lí-

quidos

8479 89 77(b) ---- Aparatos para unir mi- 15 (z) 2,1 --

croplaquitas («chips») y pe-

gadoras automáticas de cinta

para el montaje de disposi-

tivos semiconductores

8479 89 79(c) ---- Equipo de encapsulado 15 (z) 2,1 --

para el montaje de disposi-

tivos semiconductores

(sin cambios)

8479 90 - Partes:

(sin cambios)

-- Las demás:

8479 90 50(e) --- De máquinas de las sub- 15 (z) 2,1 --

partidas 8479 89 65, 8479

89 70, 8479 89 75, 8479 89

76, 8479 89 77 u 8479 89 79

(sin cambios)

(a) Código Taric: 8479 89 95* 10.

(b) Código Taric: 8479 89 95* 20.

(c) Código Taric: 8479 89 95* 30.

(e) Código Taric: 8479 90 92* 10, 8479 90 98* 10.

(z) Derecho suspendido por un período indefinido.

Código NC Designación de la mercancía Tipos de los derechos Unidad

autónomos convencio- suple-

nales menta-

ria

(1) (2) (3) (4) (5)

8480 71 -- Para moldeo por inyección

o por compresión:

8480 71 10(a) --- Del tipo de las utiliza- 13 (z) 1,9 --

das en la fabricación de

dispositivos semiconductores

(sin cambios)

(a) Código Taric: 8480 71 00* 10.

(z) Derecho suspendido por un período indefinido.

Código NC Designación de la mercancía Tipos de los derechos Unidad

autónomos convencio- suple-

nales menta-

ria

(1) (2) (3) (4) (5)

8514 10 - Hornos de resistencia (de

calentamiento indirecto):

8514 10 05(a) -- Para la fabricación de 14 (z) 2,3 --

dispositivos semiconductores

en obleas («wafers»)

(sin cambios)

8514 20 - Hornos de inducción o pér-

didas dieléctricas:

8514 20 05(c) -- Para la fabricación de 14 (z) 2,3 --

dispositivos semiconductores

en obleas («wafers»)

(sin cambios)

8514 90 - Partes:

8514 90 20(e) -- De máquinas de las sub- 14 (z) 2,3 --

partidas 8514 10 05, 8514

2005, 8514 30 11 u 8514 30

91

(sin cambios)

(a) Código Taric: 8514 10 90* 10.

(c) Código Taric: 8514 20 90* 10.

(e) Código Taric: 8514 90 00* 10.

(z) Derecho suspendido por un período indefinido.

Código NC Designación de la mercancía Tipos de los derechos Unidad

autónomos convencio- suple-

nales menta-

ria

(1) (2) (3) (4) (5)

8515 80 - Las demás máquinas y apa-

ratos:

8515 80 05(a) -- Microsoldadoras de hilo 15 (z) 2,8 --

del tipo de las utilizadas

para la fabricación de dis-

positivos semiconductores

(sin cambios)

8515 90 - Partes:

8515 90 10(b) -- De máquinas de la subpar- 15 (z) 2,8 --

tida 8515 80 05

(sin cambios)

(a) Código Taric: 8515 80 99* 10.

(b) Código Taric: 8515 90 00* 10.

(z) Derecho suspendido por un período indefinido.

Código NC Designación de la mercancía Tipos de los derechos Unidad

autónomos convencio- suple-

nales menta-

ria

(1) (2) (3) (4) (5)

8538 90 (sin cambios)

-- De sondas de discos

(obleas) semiconductores de

la subpartida 8536 90 20:

8538 90 11(a) --- Conjuntos electrónicos 16 (z) 3,8 --

montados

8538 90 19(b) --- Los demás 16 (Z) 2,9 --

-- Los demás:

8538 90 91(c) --- Conjuntos electrónicos 16 3,8 --

montados

8538 90 99(d) --- Los demás 16 2,9 --

(a) Código Taric: 8538 90 10* 91.

(b) Código Taric: 8538 90 90* 92.

(c) Código Taric: 8538 90 10* 99.

(d) Código Taric: 8538 90 90* 99.

(z) Derecho suspendido por un período indefinido.

Código NC Designación de la mercancía Tipos de los derechos Unidad

autónomos convencio- suple-

nales menta-

ria

(1) (2) (3) (4) (5)

8543 30 - Máquinas y aparatos de

galvanotecnia, electrólisis

o electroforesis:

(sin cambios)

8543 30 30(a) -- Aparatos para ataque quí- 13 (z) 3,8 --

mico por vía húmeda, revela-

do, decapado o limpieza de

los sustratos de visualiza-

ción de cristal líquido

(sin cambios)

(a) Código Taric: 8543 30 90* 10.

(z) Derecho suspendido por un período indefinido.

Código NC Designación de la mercancía Tipos de los derechos Unidad

autónomos convencio- suple-

nales menta-

ria

(1) (2) (3) (4) (5)

- Las demás máquinas y apa-

ratos:

8543 89 -- Las demás:

8543 89 10

a (sin cambios)

8543 89 59

---- Aparatos para la depo-

sición física en obleas

(«wafers») semiconductoras:

8543 89 70 ----- (sin cambios)

8543 89 72(e) ----- Los demás 13 (z) 3,8 --

8543 89 73(f) ---- Aparatos de encapsular 13 (z) 3,8 --

para el montaje de disposi-

tivos semiconductores

8543 89 75(g) ---- Aparatos para la depo- 13 (z) 5 --

sición física por pulveri-

zación en sustratos de vi-

sualización de cristal lí-

quido

8543 89 79 (sin cambios)

8543 89 95 (sin cambios)

(e) Código Taric: 8543 89 90* 80.

(f) Código Taric: 8543 89 90* 85.

(g) Código Taric: 8543 90 90* 90.

(z) Derecho suspendido por un período indefinido.

Código NC Designación de la mercancía Tipos de los derechos Unidad

autónomos convencio- suple-

nales menta-

ria

(1) (2) (3) (4) (5)

8543 90 - (sin cambios)

8543 90 10 -- (sin cambios)

8543 90 20 -- (sin cambios)

8543 90 30(k) -- De aparatos de las sub- 13 (z) 3,8 --

partidas 8543 11 00, 8543

30 10, 8543 30 30, 8543 89

70, 8543 89 72 u 8543 89 73

8543 90 40(m) -- De aparatos de la subpar- 13 (z) 5 --

tida 8543 89 75

8543 90 80 -- Las demás 13 5 --

(k) Código Taric: 8543 90 90* 70.

(m) Código Taric: 8543 90 90* 75.

(z) Derecho suspendido por un período indefinido.

Código NC Designación de la mercancía Tipos de los derechos Unidad

autónomos convencio- suple-

nales menta-

ria

(1) (2) (3) (4) (5)

9006 99 -- Los demás:

9006 99 10(a) --- De aparatos de la sub- 16 (z) 3 --

partida 9006 10 10

(sin cambios)

(a) Código Taric: 9006 99 00* 20.

(z) Derecho suspendido por un período indefinido.

Código NC Designación de la mercancía Tipos de los derechos Unidad

autónomos convencio- suple-

nales menta-

ria

(1) (2) (3) (4) (5)

9010 50 - Los demás aparatos y ma-

terial para laboratorios

fotográfico o cinematográ-

fico, negatoscopios:

9010 50 10(a) -- Aparatos para proyectar o 15 (z) 2,7 --

realizar esquemas (trazas)

de circuitos en substratos

sensibilizados de los visua-

lizadores de pantalla plana.

(sin cambios)

9010 90 - Partes y accesorios:

9010 90 10(c) -- De aparatos de las sub- 15 (z) 2,7 --

partidas 9010 41 00, 9010

42 00, 9010 49 00 o 9010

50 10

(sin cambios)

(a) Código Taric: 9010 50 00* 10.

(c) Código Taric: 9010 90 00* 91.

(z) Derecho suspendido por un período indefinido.

Código NC Designación de la mercancía Tipos de los derechos Unidad

autónomos convencio- suple-

nales menta-

ria

(1) (2) (3) (4) (5)

9011 Microscopios ópticos, in-

cluidos los de fotomicrogra-

fía o cinefotomicrografía o

microproyección:

9011 10 - Microscopios estereoscó-

picos:

9011 10 10(a) -- Que dispongan de equipo 18 (z) 6 p/st

específicamente concebido

para la manipulación en y

transporte de obleas («wa-

fers») semiconductores o

de retículas

(sin cambios)

9011 20 - Los demás microscopios

para fotomicrografía, cine-

fotomicrografía o micropro-

yección:

9011 20 10(c) -- Microscopios para foto- 18 (z) 6 p/st

micrografía que dispongan de

equipo específicamente con-

cebido para la manipulación

y transporte de obleas («wa-

fers») semiconductores o de

retículas

(sin cambios)

9011 90 - Partes y accesorios:

9011 90 10(e) -- De aparatos de las sub- 18 (z) 6 --

partidas 901l 10 10 o 9011

20 10

(sin cambios)

9012 Microscopios, excepto los

ópticos, y difractógrafos:

9012 10 - Microscopios, excepto los

ópticos, y difractógrafos:

9012 10 10(g) -- Microscopios electrónicos 15 (z) 3,4 --

que dispongan de equipo es-

pecíficamente concebido para

la manipulación y transporte

de obleas («wafers») semi-

conductoras o de retículas

(sin cambios)

9012 90 - Partes y accesorios:

9012 90 10(ij) -- De aparatos de la subpar- 15 (z) 3,4 --

tida 9012 10 10

(sin cambios)

(a) Código Taric: 9011 10 00* 10.

(c) Código Taric: 9011 20 00* 10.

(e) Código Taric: 9011 90 00* 10.

(g) Código Taric: 9012 10 00* 10.

(ij) Código Taric: 9012 90 00* 10.

(z) Derecho suspendido por un período indefinido

Código NC Designación de la mercancía Tipos de los derechos Unidad

autónomos convencio- suple-

nales menta-

ria

(1) (2) (3) (4) (5)

9017 90 - Partes y accesorios:

9017 90 10(d) -- De aparatos de la subpar- 16 (z) 2,8 --

tida 9017 20 31

(sin cambios)

(d) Código Taric: 9017 90 00* 91.

(z) Derecho suspendido por un período indefinido

Código NC Designación de la mercancía Tipos de los derechos Unidad

autónomos convencio- suple-

nales menta-

ria

(1) (2) (3) (4) (5)

9027 80 - (sin cambios)

-- (sin cambios):

9027 80 11 --- (sin cambios)

9027 80 15 --- (sin cambios)

9027 80 16(a) --- Aparatos para la medi- 16 (z) 3,3 --

ción de las propiedades fí-

sicas de sustratos de visua-

lización de cristal líquido

o de las capas aislantes y

conductoras relacionadas con

ellos durante el proceso de

producción de pantallas de

cristal líquido

9027 80 17(b) --- Los demás 16 3,3 --

-- Los demás

9027 80 91 --- (sin cambios)

9027 80 95 --- (sin cambios)

9027 80 96(c) --- Aparatos para la medi- 16 (z) 3 --

ción de las propiedades fí-

sicas de sustratos de visua-

lización de cristal líquido

o de las capas aislantes y

conductoras relacionadas con

ellos durante el proceso de

producción de pantallas de

cristal líquido

9027 80 97(d) --- Los demás 16 3 --

(a) Código Taric: 9027 80 18* 10.

(b) Código Taric: 9027 80 18* 90.

(c) Código Taric: 9027 80 98* 10.

(d) Código Taric: 9027 80 98* 90.

(z) Derecho suspendido por un período indefinido.

Código NC Designación de la mercancía Tipos de los derechos Unidad

autónomos convencio- suple-

nales menta-

ria

(1) (2) (3) (4) (5)

9027 90 - (sin cambios)

9027 90 10 -- (sin cambios)

-- Partes y accesorios:

9027 90 50(a) --- Para aparatos de la sub- 16 (z) 3,3 --

partida 9027 20 a 9027 80

9027 90 80(b) --- (sin cambios)

(a) Código Taric: 9027 90 90* 10.

(b) Código Taric: 9027 90 90* 20.

(z) Derecho suspendido por un período indefinido.

Código NC Designación de la mercancía Tipos de los derechos Unidad

autónomos convencio- suple-

nales menta-

ria

(1) (2) (3) (4) (5)

9030 90 - Partes y accesorios:

9030 90 10 -- (sin cambios)

-- Los demás:

9030 90 20(a) --- De aparatos de la sub- 16 (z) 3,3 --

partida 9030 82 00

(sin cambios)

(a) Código Taric: 9030 90 90* 10.

(z) Derecho suspendido por un período indefinido.

Código NC Designación de la mercancía Tipos de los derechos Unidad

autónomos convencio- suple-

nales menta-

ria

(1) (2) (3) (4) (5)

9031 80 - (sin cambios):

9031 80 10 -- (sin cambios)

-- Los demás:

--- Electrónicos:

---- Para la medida o con-

trol de magnitudes geométri-

cas:

9031 80 32(a) ----- Para el control de las 16 (z) 4,6 --

obleas («wafers») o disposi-

tivos, semiconductores, o

para el control de las foto-

máscaras o retículas utili-

zadas en la fabricación de

dispositivos semiconductores

9031 80 34(b) ----- Los demás 16 4,6 --

(a) Código Taric: 9031 80 31* 10.

(b) Código Taric: 9031 80 31* 90.

(z) Derecho suspendido por un período indefinido.

Código NC Designación de la mercancía Tipos de los derechos Unidad

autónomos convencio- suple-

nales menta-

ria

(1) (2) (3) (4) (5)

9031 90 - Partes y accesorios:

9031 90 10 (sin cambios)

-- Los demás:

9031 90 20(c) --- De aparatos de las sub- 16 (z) 3,4 --

partidas 9031 41 00 o 9031

49 10

9031 90 30(e) --- De aparatos de la sub- 16 (z) 4,6 --

partida 9031 80 32

9031 90 80(d) (sin cambios)

(c) Código Taric: 9031 90 90* 91.

(d) Código Taric: 9031 90 90* 99.

(e) Código Taric: 9031 90 90* 92.

(z) Derecho suspendido por un período indefinido.

ANEXO II

Código NC Tipo de los derechos autónomos

1.11.1997 1.1.1998 1.1.1999 1.1.2000

8504 40 35 1,5 1 Exención Exención

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 03/11/1997
  • Fecha de publicación: 08/11/1997
  • Fecha de entrada en vigor: 11/11/1997
  • Aplicable los arts. 1 y 2 desde el 1 de noviembre de 1997, y el art. 3 se aplicará desde el 1 de enero de 1998.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el Anexo I del Reglamento 2658/87, de 23 de julio (Ref. DOUE-L-1987-81127).
Materias
  • Aduanas
  • Arancel Aduanero Común
  • Informática
  • Nomenclatura

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