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Documento DOUE-L-1993-80788

Reglamento (CEE) núm. 1402/93 de la Comisión, de 8 de junio de 1993, por el que se modifica el Reglamento (CEE) núm. 2561/90 por el que se establecen determinadas disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) núm. 2503/88 del Consejo relativo a los depósitos aduaneros.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 138, de 9 de junio de 1993, páginas 5 a 5 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1993-80788

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 2503/88 del Consejo, de 25 de julio de 1988, relativo a los depósitos aduaneros (1) y, en particular, su artículo 28,

Considerando que el Reglamento (CEE) no 2561/90 de la Comisión (2), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 965/93 (3), establece determinadas disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) no 2503/88;

Considerando que la letra b) del apartado 2 del artículo 22 del Reglamento (CEE) no 3719/88 de la Comisión, de 16 de noviembre de 1988, por el que se establecen disposiciones comunes de aplicación del régimen de certificados de importación, de exportación y de fijación anticipada para los productos agrícolas (4), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no

2101/92 (5), establece la presentación del certificado de exportación o de fijación anticipada en el momento de la presentación de determinadas declaraciones aduaneras;

Considerando que esta disposición debe interpretarse en el sentido de que no es necesario presentar dicho certificado en el momento de la declaración para la exportación de mercancías con financiación anticipada, al haber sido ya presentado este certificado en el momento de la inclusión de las mercancías en el régimen de depósito, de conformidad con el artículo 5 del Reglamento (CEE) no 565/80 del Consejo, de 4 de marzo de 1980, relativo al pago por anticipado de las restituciones a la exportación para los productos agrícolas (6), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 2026/83 (7);

Considerando que el Reglamento (CEE) no 2561/90 contiene las modalidades prácticas de desarrollo del procedimiento relativo a la inclusión en el régimen de depósito aduanero y a la exportación ulterior de las mercancías con fijación anticipada; que el segundo párrafo del apartado 4 del artículo 57 del Reglamento antes mencionado establece la obligación de presentar el certificado de exportación o de fijación anticipada en el momento de inclusión en el régimen de depósito aduanero y que el segundo párrafo del apartado 3 del artículo 61 establece la misma obligación en el momento de la exportación; que, por lo tanto, el artículo 61 debe adaptarse a la interpretación dada al artículo 22 del Reglamento (CEE) no 3719/88;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de depósitos aduaneros y zonas francas,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el segundo párrafo del apartado 3 del artículo 61 del Reglamento (CEE) no 2561/90 se suprime el segmento de frase « en particular el certificado de exportación o de fijación anticipada contemplado en el Reglamento (CEE) no 3719/88 ».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 8 de junio de 1993.

Por la Comisión

Christiane SCRIVENER

Miembro de la Comisión

(1) DO no L 225 de 15. 8. 1988, p. 1.

(2) DO no L 246 de 10. 9. 1990, p. 1.

(3) DO no L 98 de 24. 4. 1993, p. 24.

(4) DO no L 331 de 2. 12. 1988, p. 1.

(5) DO no L 210 de 25. 7. 1992, p. 18.

(6) DO no L 62 de 7. 3. 1980, p. 5.

(7) DO no L 199 de 22. 7. 1983, p. 12.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 08/06/1993
  • Fecha de publicación: 09/06/1993
  • Fecha de entrada en vigor: 12/06/1993
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Reglamento 2454/93, de 2 de julio; (Ref. DOUE-L-1993-81647).
  • Fecha de derogación: 14/10/1993
Referencias anteriores
Materias
  • Aduanas
  • Depósitos

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