LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,
Visto el Reglamento (CEE) no 3013/89 del Consejo, de 25 de septiembre de 1989, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de las carnes de ovino y caprino (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 1741/91 (2), y, en particular, el apartado 9 de su artículo 5,
Visto el Reglamento (CEE) no 3493/90 del Consejo, de 27 de noviembre de 1990, por el que establecen las normas generales de concesión de la prima a favor de los productores de carnes de ovino y caprino (3) y, en particular, su artículo 1 y el apartado 4 de su artículo 2,
Considerando que las disposiciones de aplicación de ciertos casos especiales relativos a la definición de productores y agrupaciones de productores en el sector de la carne de ovino y caprino han sido establecidas en el Reglamento (CEE) no 2385/91 de la Comisión (4);
Considerando que se ha comprobado que el Anexo de este Reglamento no corresponde a las medidas presentadas para el dictamen del Comité de gestión; que, por lo tanto, es conveniente rectificar dicho Reglamento,
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
En la parte IV del Anexo del Reglamento (CEE) no 2385/91 procede suprimir las menciones correspondientes a « Saarland » y « Sachsen-Anhalt ».
Artículo 2
E presente Reglamento entrará en vigor el 9 de agosto de 1991. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 8 de agosto de 1991. Por la Comisión
Ray MAC SHARRY
Miembro de la Comisión
(1) DO no L 289 de 7. 10. 1989, p. 1. (2) DO no L 163 de 26. 6. 1991, p. 41. (3) DO no L 337 de 4. 12. 1990, p. 7. (4) DO no L 219 de 7. 8. 1991, p. 15.
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