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Documento DOUE-L-1988-81790

Rectificación al Reglamento (CEE) nº 3554/88 del Consejo, de 14 de noviembre de 1988, que modifica el Reglamento (CEE) nº 987/68 por el que se establecen las normas generales relativas a la concesión de una ayuda para la leche desnatada transformada en caseína y caseinatos.

Publicado en:
«DOCE» núm. 318, de 25 de noviembre de 1988, páginas 50 a 50 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1988-81790

TEXTO ORIGINAL

Página 6, artículo 1, nuevo apartado 4, párrafo primero:

en lugar de: « Las utilizaciones podrán excluirse sólo cuando el pago de la ayuda sea económica o tecnológicamente innecesario o cuando conduzca a una distorsión de la competencia »;

léase: « La ayuda sólo podrá excluirse cuando la utilización de las caseínas y caseinatos no sea necesaria desde el punto de vista económico o tecnológico y si esta exclusión no ocasiona distorsiones de la competencia ».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 25/11/1988
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de Reglamento 3554/88, de 14 de noviembre (Ref. DOUE-L-1988-81290).
Materias
  • Ayudas
  • Leche
  • Productos lácteos

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