LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,
Visto el Reglamento (CEE) nº 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común (1), y, en particular, su artículo 15,
Considerando que mediante sus Reglamentos (CEE) nos 1637/87 (2) y 1639/87 (3), de 9 de junio de 1987, el Consejo abrió, para el período del 1 de julio de 1987 al 30 de junio de 1988, y para determinados vinos originarios de Marruecos y pulpa de albaricoque originaria de Turquía contingentes arancelarios comunitarios conderecho nulo, previstos en los acuerdos preferenciales celebrados con dichos países;
Considerando que el Reglamento (CEE) nº 2658/87 ha introducido, con efecto a partir del 1 de enero de 1988, una nueva nomenclatura de mercancías, denominada «nomenclatura combinada» que cumple a la vez las exigencias del arancel aduanero común y de las estadísticas del comercio exterior de la Comunidad y que sustituye la nomenclatura actual; considerando que la validez de los Reglamentos (CEE) nos 1637/87 y 1639/87 que se refieren a esta última se extiende más allá del 1 de enero de 1988; que, por consiguiente, es preciso adaptarlos a la nueva nomenclatura combinada;
Considerando que se trata de una adaptación puramente técnica que no conlleva cambio alguno en cuanto al fondo,
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Se modificará el Reglamento (CEE) nº 1637/87 del modo siguiente:
Se sustituirá el cuadro que figura en el apartado 1 del artículo 1 por el cuadro siguiente:
TABLA OMITIDA EN PÁGINA 37
Se modificará el Reglamento (CEE) nº 1639/87 del modo siguiente:
Se sustituirá el cuadro que figura en el apartado 1 del artículo 1 por el cuadro siguiente:
TABLA OMITIDA EN PÁGINA 37
El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de enero de 1988.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 17 de diciembre de 1987.
Por la Comisión
COCKFIELD
Vicepresidente
(1) DO nº L 256 de 7. 9. 1987, p. 5.
(2) DO nº L 153 de 13.
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