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Documento DOUE-L-1986-82129

Rectificación al Reglamento (CEE) nº 1454/86 del Consejo, de 13 de mayo de 1986, que modifica el Reglamento nº 136/66/CEE por el que se establece la organización común de mercados en el sector de las materias grasas.

Publicado en:
«DOCE» núm. 158, de 13 de junio de 1986, páginas 64 a 64 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1986-82129

TEXTO ORIGINAL

Página 9, en el punto 4, apartado 3, del artículo 27 bis:

El párrafo primero quedará como sigue:

« 3. Cuando la producción de semillas de colza, de nabina o de girasol, estimada con anterioridad al comienzo de la campaña de comercialización, superare la cantidad máxima garantizada para las semillas citadas y para la campaña en cuestión se deducirá del importe de la ayuda la incidencia que tenga en el precio indicativo un coeficiente obtenido de dividir, por la

cantidad estimada, la cantidad estimada que superare la cantidad máxima garantizada. Dicha deducción del importe de la ayuda no podrá ser superior al 5 % del precio indicativo. »

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 13/06/1986
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de Reglamento 1454/86, de 13 de mayo (Ref. DOUE-L-1986-80706).
Materias
  • Aceites vegetales
  • Colza
  • Girasol
  • Mercados
  • Nabina
  • Semillas

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