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Documento DOUE-L-1979-80074

Reglamento (CEE) nº 345/79 del Consejo, de 5 de febrero de 1979, por el que se establecen, en el sector vitivinícola, las normas generales relativas a la concesión de restituciones a la exportación y a los criterios para la fijación de su importe.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 54, de 5 de marzo de 1979, páginas 69 a 71 (3 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1979-80074

TEXTO ORIGINAL

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ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 05/02/1979
  • Fecha de publicación: 05/03/1979
  • Fecha de entrada en vigor: 02/04/1979
  • Fecha de derogación: 01/01/1995
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA por Reglamento 3290/94, de 22 de diciembre (Ref. DOUE-L-1994-82202).
  • SE SUSTITUYE el art. 1.2, por Reglamento 2009/81, de 13 de julio (Ref. DOUE-L-1981-80269).
Referencias anteriores
Materias
  • Bebidas alcohólicas
  • Bebidas analcohólicas
  • Exportaciones
  • Frutos
  • Mosto
  • Precios
  • Restituciones a la exportación
  • Uvas
  • Vinagres
  • Vinos

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