REGLAMENTO ( CEE ) N 1285/70 DEL CONSEJO
EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Economica Europea ,
Visto el Reglamento ( CEE ) n 804/68 del Consejo , de 27 de junio de 1968 , por el que se establece una organizacion comun de mercados en el sector de la leche y de los productos lacteos (1) , modificado en ultimo lugar por el Reglamento ( CEE ) n 2622/69 (2) , y , en particular , el apartado 4 de su articulo 7 .
Vista la propuesta de la Comision ,
Considerando que el parrafo segundo del apartado 2 del articulo 7 del Reglamento ( CEE ) n 804/68 prevé que podran adoptarse medidas especiales para la comercializacion de leche desnatada en polvo comprada por los organismos de intervencion ;
Considerando que la produccion de leche desnatada en polvo ha aumentado en mayor medida que las posibilidades de comercializacion en el mercado para la alimentacion humana y la alimentacion de terneros ; que las exportaciones a terceros paises unicamente son posibles en medida limitada y mediante restituciones elevadas ; que , por consiguiente , resulta oportuno permitir la utilizacion de leche desnatada en polvo que se haya sometido a medidas de intervencion como alimento para el ganado porcino y para las aves de corral ,
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :
Articulo 1
La leche desnatada en polvo comprada por los organismos de intervencion en virtud del apartado 1 del articulo 7 del Reglamento ( CEE ) n 804/68 , y a la que no se pueda dar salida durante una campana lechera en condiciones normales , podra venderse a precio reducido si se destinare a la alimentacion de ganado porcino y de aves de corral .
Articulo 2
El presente Reglamento entrara en vigor el tercer dia siguiente al de su publicacion en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas .
El presente Reglamento sera obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro .
Hecho en Bruselas , el 29 de junio de 1970 .
Por el Consejo
El Presidente
Ch. HEGER
(1) DO n 148 de 28 . 6 . 1968 , p. 13 .
(2) DO n L 328 de 30 . 12 . 1969 , p. 8 .
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