En fecha 13 de octubre de 2008 se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» la Resolución de 6 de octubre de 2008, del Servicio Público de Empleo Estatal, sobre delegación de competencias.
Con posterioridad se ha apreciado la necesidad, por razones de índole técnica, de proceder a su modificación en relación a las competencias delegadas en el Subdirector General de Políticas Activas de Empleo en relación con las acciones dirigidas a facilitar el desarrollo de las acciones formativas del subsistema de formación profesional para el empleo.
En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, dispongo:
Se modifica la Resolución de 6 de octubre de 2008, del Servicio Público de Empleo Estatal, sobre delegación de competencias, en los siguientes términos:
Uno. Se añade un nuevo punto 5 en el apartado primero.cuatro, relativo a las competencias delegadas por la Directora General en el Subdirector General de Políticas Activas de Empleo, con la siguiente redacción:
«5. La resolución sobre la autorización de las acciones formativas del subsistema de formación profesional para el empleo no financiadas con fondos públicos desarrolladas por empresas y centros de iniciativa privada, determinadas en el artículo 19 del Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad, en la modalidad de teleformación.»
Dos. Se añade una nueva letra ñ) en el apartado primero.siete.3.2, relativo a las competencias delegadas por la Directora General en los Directores Provinciales, en relación con las acciones dirigidas a facilitar el funcionamiento de las acciones formativas del subsistema de formación profesional para el empleo, con la siguiente redacción:
«ñ) La resolución sobre la autorización de las acciones formativas del subsistema de formación profesional para el empleo no financiadas con fondos públicos desarrolladas por empresas y centros de iniciativa privada, determinadas en el artículo 19 del Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad, en la modalidad presencial.»
La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 28 de octubre de 2014.–La Directora General del Servicio Público de Empleo Estatal, Reyes Zataraín del Valle.
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