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Documento BOE-A-2014-11632

Resolución de 30 de octubre de 2014, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, sobre delegación de competencias.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 272, de 10 de noviembre de 2014, páginas 92776 a 92776 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2014-11632
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2014/10/30/(1)

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 128/2014, de 28 de febrero, por el que se regula la concesión directa de ayudas del Plan de Impulso al Medio Ambiente «PIMA Aire 3» para la adquisición de vehículos comerciales, motocicletas y ciclomotores eléctricos e híbridos y bicicletas de pedaleo asistido por motor eléctrico, aprobó las ayudas que continúan con el Plan de Impulso al Medio Ambiente.

El artículo 6.2 de ese Real Decreto, referido a los órganos competentes para instruir y resolver el procedimiento de concesión y órgano responsable del seguimiento de las subvenciones, dice que el órgano competente para resolver será el Secretario de Estado de Medio Ambiente del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, directamente o por delegación, conforme a lo dispuesto en la Orden AAA/838/2012, de 20 de abril, sobre delegación de competencias del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Por otra parte, el artículo 6.1 de ese Real Decreto dice que el órgano competente para ordenar e instruir los procedimientos de concesión será la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Al objeto de no paralizar la tramitación administrativa, el artículo 13 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, prevé que los órganos de las diferentes Administraciones públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración.

Por todo lo anterior, el Secretario de Estado de Medio Ambiente del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, previa autorización de la Ministra, resuelve:

Primero.

Delegar en la Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, respecto de las subvenciones contempladas en el Real Decreto 128/2014, de 28 de febrero, por el que se regula la concesión directa de ayudas del Plan de Impulso al Medio Ambiente «PIMA Aire 3», y sin límite de cuantía, las siguientes competencias:

a) Conceder las subvenciones.

b) Aprobar, comprometer, reconocer la obligación y proponer pago del gasto derivado de dichas subvenciones.

c) Autorizar los documentos contables correspondientes.

Segundo.

Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado, produciendo efectos desde el día siguiente al de su publicación.

Madrid, 30 de octubre de 2014.–El Secretario de Estado de Medio Ambiente, Federico Ramos de Armas.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 30/10/2014
  • Fecha de publicación: 10/11/2014
  • Fecha de derogación: 05/01/2018
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Orden APM/1330/2017, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2018-165).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural
  • Secretaría de Estado de Medio Ambiente

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