El epígrafe 18 del anexo a la Orden ITC/2581/2006, de 28 de julio, por la que se definen los patrones nacionales de las unidades derivadas, del sistema internacional de unidades, de capacidad eléctrica, concentración de ozono en aire, flujo luminoso, impedancia en alta frecuencia, par de torsión, potencia en alta frecuencia, resistencia eléctrica, ruido electromagnético en alta frecuencia, tensión eléctrica, actividad (de un radionucleido), kerma (rayos X y γ), dosis absorbida, ángulo plano, densidad de sólidos, fuerza, presión, volumen, atenuación en alta frecuencia, humedad e intervalo de medida de alta tensión eléctrica (superior a 1.000 V), define el patrón nacional correspondiente a la magnitud atenuación en alta frecuencia y adscribe su mantenimiento, conservación, custodia y diseminación al Departamento de Metrología y Ensayos del Taller de Precisión y Centro Electrotécnico de Artillería.
El Departamento de Metrología y Ensayos del Taller de Precisión y Centro Electrotécnico de Artillería, dependiente de la Dirección General de Armamento y Material del Ministerio de Defensa fue declarado como laboratorio asociado al Centro Español de Metrología en el campo metrológico de la atenuación en alta frecuencia por el Real Decreto 346/2001, de 4 de abril, por el que se declara al Laboratorio Central Oficial de Electrotecnia, al Departamento de Metrología y Ensayos del Taller de Precisión y Centro Electrotécnico de Artillería, y al Laboratorio de Temperatura y Humedad del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial, como laboratorios asociados al Centro Español de Metrología y depositarios de los patrones nacionales de las unidades derivadas de intervalo de alta tensión eléctrica (superior a 1.000 V), de atenuación en alta frecuencia y de humedad, respectivamente.
Por la Orden DEF/3537/2006, de 13 de noviembre, del Ministerio de Defensa se ha creado el Instituto Tecnológico «La Marañosa» que integra seis centros dependientes de la Dirección General de Armamento y Material, entre los que se encuentra el Taller de Precisión y Centro Electrotécnico de Artillería, integración que supone, al mismo tiempo, la desaparición de todos ellos.
Durante el proceso de adaptación al nuevo Instituto Tecnológico «La Marañosa» se producirán una serie de inconvenientes para la continuidad del patrón nacional puesto que el Taller de Precisión no podrá dar trazabilidad ni servicio de calibración durante un largo período de tiempo. Al mismo tiempo, se dificultará el cumplimiento de los requisitos internacionales de los procedimientos de calidad que deben mantener los institutos europeos de metrología ya que el Instituto Tecnológico «La Marañosa» necesitará algún tiempo para implantar de manera adecuada los nuevos procedimientos de calidad.
En la actualidad, el Laboratorio de Radiofrecuencia y Microondas del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» (Ministerio de Defensa) es ya un laboratorio asociado al Centro Español de Metrología y además es depositario de los patrones nacionales de potencia, ruido e impedancia en alta frecuencia, en virtud del artículo 1.2 del Real Decreto 250/2004, de 6 de febrero, por el que se declara al Centro Nacional de Sanidad Ambiental del Instituto de Salud «Carlos III» y al Laboratorio de Radiofrecuencia y Microondas del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» como laboratorios asociados al Centro Español de Metrología y depositarios de los patrones nacionales de ozono y de potencia, ruido e impedancia en alta frecuencia, respectivamente.
Teniendo en cuenta lo anterior, el Taller de Precisión y Centro Electrotécnico de Artillería propuso al Centro Español de Metrología la transferencia del Patrón de atenuación en alta frecuencia al Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas», así como la responsabilidad de conservación, custodia y diseminación. Con esto se da solución a los posibles problemas derivados del proceso de adaptación al nuevo Instituto Tecnológico «La Marañosa», al tiempo que los cuatro patrones eléctricos de alta frecuencia quedarán agrupados y depositados en un único laboratorio asociado, el laboratorio «Esteban Terradas», dependiente de dicho Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial, lo que conlleva una racionalización del servicio en la organización metrológica nacional.
Para ello, por el reciente Real Decreto 1587/2009, de 16 de octubre, se ha modificado dicho artículo 1.2 del Real Decreto 250/2004, de 6 de febrero, para declarar al Laboratorio de Radiofrecuencia y Microondas del Instituto Microondas del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» (Ministerio de Defensa) como laboratorio asociado al Centro Español de Metrología en el campo metrológico de la alta frecuencia, así como depositario de los patrones nacionales de atenuación, potencia, ruido e impedancia en alta frecuencia.
Efectuado a lo anterior, es necesario a continuación proceder a la modificación del párrafo primero del epígrafe 18 del anexo único de la citada Orden ITC/2581/2006, de 28 de julio, para sustituir al Taller de Precisión y Centro Electrotécnico de Artillería por el Laboratorio de Radiofrecuencia y Microondas del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» en la condición de encargado del mantenimiento, conservación, custodia y diseminación del patrón nacional correspondiente a la magnitud atenuación en alta frecuencia.
La disposición final segunda del Real Decreto 250/2004, de 6 de febrero, autoriza al Ministro de Ciencia y Tecnología, hoy Ministro de Industria, Turismo y Comercio, para dictar cuantas disposiciones resulten necesarias para el desarrollo y ejecución del real decreto.
Para la elaboración de esta orden ha sido consultado el Ministerio de Defensa y, por otra parte, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 6.2 del Real Decreto 584/2006, de 11 de mayo, por el que se determina la estructura, composición y funcionamiento del Consejo Superior de Metrología, la orden ha sido informada favorablemente por éste.
En su virtud, dispongo:
El párrafo primero del epígrafe 18 del anexo único de la Orden ITC/2581/2006, de 28 de julio, por la que se definen los patrones nacionales de las unidades derivadas, del sistema internacional de unidades, de capacidad eléctrica, concentración de ozono en aire, flujo luminoso, impedancia en alta frecuencia, par de torsión, potencia en alta frecuencia, resistencia eléctrica, ruido electromagnético en alta frecuencia, tensión eléctrica, actividad (de un radionucleido), kerma (rayos X y γ), dosis absorbida, ángulo plano, densidad de sólidos, fuerza, presión, volumen, atenuación en alta frecuencia, humedad e intervalo de medida de alta tensión eléctrica (superior a 1.000 V), queda redactado de la siguiente manera:
«18. Patrón nacional correspondiente a la magnitud atenuación en alta frecuencia.–El patrón nacional correspondiente a la magnitud atenuación en alta frecuencia, cuya unidad es el decibel (dB), es mantenido, conservado, custodiado y diseminado, bajo la supervisión y coordinación del Centro Español de Metrología, por el Laboratorio de Radiofrecuencia y Microondas del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial ‘‘Esteban Terradas’’.»
La presente orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.12.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva para dictar la legislación sobre pesas y medidas.
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 26 de noviembre de 2009.–El Ministro de Industria, Turismo y Comercio, Miguel Sebastián Gascón.
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