La Orden FOM/530/2003, de 11 de marzo (B.O.E. del 13) atribuye al Ministro de Fomento la competencia para designar suplente o suplentes de los miembros de la Comisión Permanente de Investigación de Siniestros Marítimos. La experiencia viene demostrando que ante los diferentes tipos de accidentes que se producen en la mar, resulta imprescindible que los miembros que integren la Comisión conozcan específicamente el tipo y características del buque siniestrado, no sólo desde el punto de vista constructivo sino también de su manejo y operatividad. En este sentido se abunda al señalar que el enfoque de la investigación difiere según el buque naufragado sea de pasaje o de carga y, aún en este caso, conviene diferenciar el caso, entre otros, de petroleros, gaseros portacontenedores o carga general, A estas peculiaridades se añade la complejidad añadida en el supuesto de buques pesqueros, e incluso, de embarcaciones de recreo. Por tanto, a la necesaria especialización de los miembros de la Comisión se añade la inmediatez en su nombramiento con el fin de que puedan iniciarse los trabajos de la Comisión en los más breves plazos de tiempo. Todas estas razones, especificidad y urgencia, aconsejan aproximar la decisión a los niveles de dirección que mayor inmediatez tienen respecto del hecho a investigar, por lo que se considera que la delegación de competencias es el instrumento jurídico adecuado. En su virtud, de conformidad con lo establecido en el art.13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispongo:
Primero.-Se delega en el Director General de la Marina Mercante la competencia de designación de suplente o suplentes de la Comisión Permanente de Investigación de Siniestros Marítimos a que se refiere el artículo único de la Orden FOM/530/2003, de 11 de marzo (B.O.E. del 13), por la que se regula el régimen de sustitución de los miembros de la Comisión Permanente de Investigación de Siniestros Marítimos.
Segundo.-La delegación contenida en la presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 25 de febrero de 2005.
Álvarez Arza
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid