Advertidos errores en el texto remitido para su publicación de la Orden MAM/1236/2004, de 4 de mayo, sobre delegación de competencias del Ministerio de Medio Ambiente, inserta en el Boletín Oficial del Estado, número 111, de 7 de mayo de 2004, se transcribe a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 18128, apartado primero, contratación, donde dice:
"1.1.2 En la Subsecretaria de Medio Ambiente, para los contratos cuyo importe supere 2.000.000 euros y no exceda de 4.500.000 euros."
Debe decir:
"1.1.2 En la Subsecretaria de Medio Ambiente, para los contratos cuyo importe no exceda de 4.500.000 euros, salvo lo establecido en el epígrafe 1.1.1."
Donde dice:
"1.3.3 En el Secretario General para la Prevención de la Contaminación y del Cambio Climático, para los contratos cuyo importe supere 2.000.000 euros y no exceda de 4.500.000 euros."
Debe decir:
"1.3.3 En el Secretario General para la Prevención de la Contaminación y del Cambio Climático, para los contratos cuyo importe no exceda de 4.500.000 euros, salvo lo establecido en los epígrafes 1.3.1 y 1.3.2."
En la página 18129, apartado segundo, convenios de colaboración, donde dice:
"2. En la Subsecretaria del Departamento, en el Secretario General para el Territorio y la Biodiversidad y en el Secretario General para la Prevención de la Contaminación y del Cambio Climático, para los convenios de colaboración cuya cuantía supere 2.000.000 euros y no exceda de 4.500.000 euros."
Debe decir:
"2. En la Subsecretaria del Departamento, en el Secretario General para el Territorio y la Biodiversidad y en el Secretario General para la Prevención de la Contaminación y del Cambio Climático, para los convenios de colaboración cuya cuantía no exceda de 4.500.000 euros, salvo lo establecido en el epígrafe anterior."
En la página 18129, apartado tercero, Gestión y ejecución del presupuesto, donde dice:
"1.1.2 En la Subsecretaria de Medio Ambiente, cuando la cuantía supere 2.000.000 euros y no exceda de 4.500.000 euros."
Debe decir:
"1.1.2 En la Subsecretaria de Medio Ambiente, cuando la cuantía no exceda de 4.500.000 euros, salvo lo establecido en el epígrafe 1.1.1."
Donde dice:
"1.3.3 En el Secretario General para la Prevención de la Contaminación y del Cambio Climático, cuando la cuantía supere 2.000.000 euros y no exceda de 4.500.000 euros." Debe decir:
"1.3.3 En el Secretario General para la Prevención de la Contaminación y del Cambio Climático, cuando la cuantía no exceda de 4.500.000 euros, salvo lo establecido en los epígrafes 1.3.1 y 1.3.2."
En la página 18130, apartado tercero, Gestión y ejecución del presupuesto, donde dice:
"2.3 Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y del Cambio Climático: en los Directores generales, cuando la cuantía no exceda de 2.000.000 euros, y en el Secretario General para la Prevención de la Contaminación y del Cambio Climático, cuando la cuantía supere 2.000.000 euros y no exceda de 4.500.000 euros."
Debe decir:
"2.3 Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y del Cambio Climático: en los Directores generales, cuando la cuantía no exceda de 2.000.000 euros, y en el Secretario General para la Prevención de la Contaminación y del Cambio Climático, cuando la cuantía no exceda de 4.500.000 euros, excepto las facultades delegadas en los Directores Generales en este epígrafe."
Madrid, 10 de mayo de 2004.
NARBONA RUIZ
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