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Documento BOE-A-2000-5940

Resolución de 24 de marzo de 2000, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se prorroga el plazo de presentación de las solicitudes de devolución y comunicaciones de datos adicionales por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio 1999, establecido en la Resolución de 30 de diciembre de 1999.

Publicado en:
«BOE» núm. 75, de 28 de marzo de 2000, páginas 12999 a 12999 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2000-5940
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2000/03/24/(1)

TEXTO ORIGINAL

La Resolución de 30 de diciembre de 1999, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueba el modelo de solicitud de devolución y el modelo de comunicación de datos adicionales por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio 1999, que deben utilizar los contribuyentes no obligados a declarar por dicho Impuesto que soliciten la correspondiente devolución y se determinan el lugar, plazo y forma de presentación de los mismos ("Boletín Oficial del Estado" del 31), estableció como plazo de presentación de los citados modelos el comprendido entre los días 1 de febrero y 31 de marzo de 2000.

Al tratarse del primer año en el que se aplica el nuevo procedimiento de devolución establecido en el artículo 81 de la Ley 40/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras Normas Tributarias ("Boletín Oficial del Estado" del 10) para los contribuyentes no obligados a declarar por dicho Impuesto y con objeto de facilitar a los mismos la presentación de las solicitudes de devolución, al mismo tiempo que la prestación de un mejor servicio de información y asistencia en relación con el mencionado procedimiento, se ha estimado conveniente prorrogar el plazo inicialmente fijado para realizar la presentación de dichas solicitudes.

En consecuencia, en virtud de las habilitaciones contenidas en los artículos 81.2 de la Ley 40/1998, anteriormente citada, y 62.1 del Reglamento del Impuesto, aprobado por el artículo único del Real Decreto 214/1999, de 5 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" del 9), se procede a dictar lo siguiente:

Primero. Prórroga del plazo de presentación de la solicitud de devolución y de la comunicación de datos adicionales.

1. El plazo de presentación de la solicitud de devolución y, en su caso, de la comunicación de datos adicionales, fijado en el apartado cuatro de la Resolución de 30 de diciembre de 1999, de esta Presidencia, se prorroga hasta el día 19 de abril de 2000.

2. No obstante, el plazo para que la Agencia Estatal de Administración Tributaria efectúe las devoluciones que, en su caso, procedan, a que se refiere el artículo 62.3 del Reglamento del Impuesto, se seguirá computando, en su término inicial, conforme se establecía en la Resolución de 30 de diciembre de 1999, incluso para quienes presenten la solicitud entre el 1 y el 19 de abril de 2000.

Segundo. Final.-La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 24 de marzo de 2000.-El Presidente, Juan Costa Climent.

Ilmos. Sres. Director general de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y Director general de Tributos.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 24/03/2000
  • Fecha de publicación: 28/03/2000
  • Fecha de entrada en vigor: 28/03/2000
Referencias anteriores
  • PRORROGA el plazo del apartado 4 de la Resolución de 30 de diciembre de 1999 (Ref. BOE-A-1999-24917).
Materias
  • Devolución de ingresos tributarios
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

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