El Real Decreto 520/1999, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Española del Medicamento, suprime, en su disposición adicional tercera, la Subdirección General de Gestión de la Tasa Suplementaria de la Cuota Láctea, cuyas funciones y adscripción fueron determinadas por el Real Decreto 1490/1998, de 10 de julio, por el que se establece la estructura orgánica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, como órgano directivo dependiente del Organismo autónomo Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA).
Con el fin de garantizar y adecuar el desarrollo y continuidad de las funciones y cometidos que venía desarrollando el órgano suprimido, y según lo dispuesto en la disposición transitoria primera del Real Decreto 520/1999, de 26 de marzo, y en las disposiciones finales primera de ambos Reales Decretos, en las que se autoriza al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación a adoptar las medidas necesarias para su desarrollo y ejecución, procede reasignar los puestos de trabajo y las funciones afectadas por la supresión mencionada.
En su virtud, previa aprobación del Ministro de Administraciones Públicas, dispongo:
Artículo único.
Los puestos de trabajo de nivel orgánico inferior a Subdirección General dependientes de la suprimida Subdirección General de Gestión de la Tasa Suplementaria de la Cuota Láctea, quedan adscritos directamente a la Presidencia del Fondo Español de Garantía Agraria, quien ejercerá las funciones establecidas en el apartado 2, segunda, c) del artículo 13 del Real Decreto 1490/1998, de 10 de julio, por el que se establece la estructura orgánica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente disposición entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 26 de agosto de 1999
POSADA MORENO
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