El Tribunal Constitucional, por providencia de 8 de julio actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 2099/1997, planteada por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, respecto de los artículos 9.1.a) y 10.2.c) de la Ley del Parlamento de Cataluña 5/1987, de 4 de abril, y 2, apartados 1.c), 2 y 3, de la Ley del mismo Parlamento 23/1987, de 23 de diciembre, en la redacción dada por la disposición adicional 21.1 de la Ley del mismo Parlamento 13/1988, de 31 de diciembre, por poder vulnerar los artículos 149.1.18 de la Constitución y 36.1, apartados a) y b), y 36.2.a) de la Ley de Bases de Régimen Local.
Madrid, 8 de julio de 1997.-El Secretario de Justicia.-Firmado y rubricado.
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