Advertidas erratas en los anexos II y III de la Orden de 26 de junio de 1996 por la que se dictan las normas para la elaboración de los presupuestos de la Seguridad Social para 1997, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 159, de 2 de julio de 1996, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:
Anexo II. Clasificación económica del presupuesto de gastos y dotaciones del sistema de la Seguridad Social.
En la página 21226: 254. Conciertos con centros de diagnóstico, tratamiento y terapias, donde dice: «3. Conciertos para resonancia y medicina nuclear», debe decir: «3. Conciertos para resonancia magnética y medicina nuclear».
En la misma página, donde dice: «256. Conciertos con instituciones administrativas y financiadas por la Seguridad Social», debe decir: «256. Conciertos con instituciones administradas y financiadas por la Seguridad Social».
En la misma página, donde dice: «41.A Órganos autónomos administrativos», debe decir: «41.A Organismos Autónomos Administrativos».
En la página 21227: 484. Prestación por maternidad, donde dice: «Subsidio temporal por maternidad», debe decir: «1. Subsidio temporal por maternidad».
Anexo III. Clasificación económica del presupuesto de recursos y aplicaciones del sistema de la Seguridad Social.
En la página 21229: 327. De asistencia sanitaria, donde dice: «1. Gesionada por las Mutuas...», debe decir: «1. Gestionada por las Mutuas...».
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