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Documento BOE-A-1994-20962

Orden de 14 de septiembre de 1994 por la que se amplía el grado de habilitación aduanera de la Administración de Aduanas e Impuestos Especiales de la Línea de la Concepción.

Publicado en:
«BOE» núm. 228, de 23 de septiembre de 1994, páginas 29310 a 29310 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1994-20962
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1994/09/14/(1)

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 437/1982, de 1 de febrero, publicado en el <Boletín Oficial del Estado> de 8 de marzo, por el que se asigna nivel orgánico a los Servicios de Aduanas e Impuestos Especiales de La Línea de la Concepción (Cádiz), en su artículo 2. dispone que se determinará reglamentariamente el grado de habilitación de dichos Servicios.

En base a dicha autorización, por Orden de 27 de enero de 1985 (<Boletín Oficial del Estado> del 31), quedó habilitada la Inspección-Administración de Aduanas e Impuestos Especiales de La Línea de la Concepción (Cádiz), con el carácter de aduana terrestre, para toda clase de operaciones de importación, exportación, salvo aquellas comprendidas en la Orden de 12 de marzo de 1979, y tránsito, excepto de las mercancías incluidas en el anexo 2 del Tratado por el que se constituyó la Comunidad Económica Europea.

Asimismo, quedó habilitada para el tráfico de viajeros de entrada y salida el despacho de los efectos por ellos conducidos bajo cualquier régimen, así como para la importación o exportación de sus vehículos.

En la actualidad, se está construyendo en las dársenas del puerto de La Línea de la Concepción una terminal de pasajeros pretendiendo con ello atender cualquier tipo de buque de pasajeros, sirviendo de elemento complementario y alternativo a las instalaciones de Algeciras, por lo que es necesario dotar a dicha terminal de la correspondiente habilitación aduanera.

Visto el Decreto número 3753/1964, de 12 de noviembre, que, en su artículo 1., e), autoriza al Ministerio de Hacienda a variar el grado de habilitación de las Aduanas subalternas.

En su virtud, este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Se entenderá ampliada la habilitación que determina la Orden de 27 de enero de 1985, del Ministerio de Economía y Hacienda, para las operaciones en ella enumeradas, tanto por vía terrestre como marítima.

Madrid, 14 de septiembre de 1994.

SOLBES MIRA

Ilmo. Sr. Director general de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Madrid.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 14/09/1994
  • Fecha de publicación: 23/09/1994
Referencias anteriores
  • AMPLÍA ambito de aplicación de la Orden de 22 de enero de 1985 (Ref. BOE-A-1985-2087).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 1 del Decreto 3753/1964, de 12 de noviembre.
  • CITA:
Materias
  • Aduanas

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