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Documento BOE-A-1993-2529

Real Decreto 135/1993, de 29 de enero, por el que se extingue la Comisaría General de España para la Exposición Universal de Sevilla 1992.

Publicado en:
«BOE» núm. 28, de 2 de febrero de 1993, páginas 2740 a 2740 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1993-2529
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1993/01/29/135

TEXTO ORIGINAL

La creación de la figura del Comisario general de España para la Exposición Universal de Sevilla 1992 (en ese momento, Sevilla-Chicago), por el Real Decreto 487/1985, de 10 de abril, sobre régimen y funciones de esta figura, tenía como objeto dar cumplimiento a lo dispuesto en el Reglamento General de la Exposición Universal Sevilla-Chicago 1992, aprobado por la Asamblea General de Oficina Internacional de Exposiciones en su reunión de 7 de diciembre de 1983, al atribuir la representación del Gobierno español a un Comisario general, que se responsabilizaría del conjunto de la Exposición en la sede de Sevilla.

Al mismo tiempo, y con objeto de facilitar al Comisario la realización de las actividades que el propio Real Decreto le encomendaba, se estableció por éste la Oficina del Comisario General de España, como órgano de apoyo al Comisario durante la realización de la Exposición Universal de Sevilla 1992.

Posteriormente, el deseo del Gobierno de la Nación de reforzar su intervención en el desarrollo de los trabajos de la Exposición, se tradujo en el Real Decreto 1120/1991, de 21 de julio, que colocaba al Comisario bajo la dependencia directa del Ministro de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno.

Este Real Decreto, en su artículo 5, al igual que hacía el Real Decreto 487/1985, al que derogó, preveía que, al tratarse la Exposición Universal de un acontecimiento de duración preestablecida, las funciones del propio Comisario general y de las unidades administrativas dependientes del mismo habrían de extinguirse, una vez concluida la Exposición Universal y realizadas las actuaciones complementarias precisas.

En el momento actual, una vez transcurrido el tiempo suficiente, tras la conclusión de la Exposición Universal de Sevilla 1992, para realizar tales actuaciones complementarias, se hace necesario proceder a la supresión de las figuras y unidades que fueron creadas para esa finalidad.

En su virtud, a propuesta del Presidente del Gobierno, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 29 de enero de 1993,

DISPONGO:

Artículo 1.

1. Queda suprimida la figura del Comisario general de España para la Exposición Universal de Sevilla 1992.

2. Quedan, asimismo, suprimidos la Oficina del Comisario general y los puestos de trabajo en ella existentes.

Artículo 2.

Corresponde al Subsecretario de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno la competencia para realizar las actividades de la Oficina que, en su caso, pudieran quedar pendientes a la entrada en vigor de este Real Decreto.

Artículo 3.

La <Sociedad Estatal para la Exposición Universal de Sevilla 92, Sociedad Anónima>, liquidará su actividad de conformidad con lo dispuesto en los Estatutos por los que se rige y con sujeción al Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.

Disposición derogatoria única.

Quedan derogados:

a) El Real Decreto 1120/1991, de 21 de julio, sobre régimen y funciones del Comisario general de España para la Exposición Universal de Sevilla 1992.

b) Cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en el presente Real Decreto.

Disposición final primera.

Se autoriza al Ministro de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno para adoptar las medidas necesarias en orden al desarrollo y ejecución del presente Real Decreto.

Disposición final segunda.

Por el Ministro de Economía y Hacienda se llevarán a cabo las modificaciones y habilitaciones presupuestarias que sean precisas para la efectividad de lo dispuesto en este Real Decreto.

Disposición final tercera.

El presente Real Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>.

Dado en Madrid a 29 de enero de 1993.

JUAN CARLOS R.

El Presidente del Gobierno,

FELIPE GONZALEZ MARQUEZ

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 29/01/1993
  • Fecha de publicación: 02/02/1993
  • Fecha de entrada en vigor: 02/02/1993
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA el art. 3, por Real Decreto 475/1993, de 2 de abril (Ref. BOE-A-1993-9144).
Referencias anteriores
Materias
  • Conmemoraciones
  • Exposiciones
  • Sevilla
  • Sociedades públicas

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