Padecida errata en la inserción del citado Real Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 28, de 1 de febrero de 1992, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
En la página número 3313, en el artículo 5.°, punto 1, en la línea 4, donde dice: «... correspondiente a cada uno a partir de...», debe decir: «... correspondiente a cada uno, o a partir de...».
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