El Tribunal Constitucional, por Auto de 21 de julio actual ha acordado el levantamiento de la suspensión de la vigencia de la disposición transitoria primera, número 2, de la Ley 8/1991, de 28 de noviembre, de la Asamblea Regional de Cantabria, modificativa de la Ley 1/1990, de 12 de marzo, por la que se regulan los órganos rectores de las Cajas de Ahorros con sede social en la Comunidad Autónoma de Cantabria, cuya suspensión se dispuso por providencia de 24 de febrero de 1992 dictada en el recurso de inconstitucionalidad número 432/1992, planteado por el Presidente del Gobierno que invocó el artículo 161.2 de la Constitución.
Madrid, 21 de julio de 1992.-El Presidente del Tribunal Constitucional, RODRIGUEZ-PIÑERO Y BRAVO-FERRER
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