EL REAL DECRETO 1463/1990, DE 26 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE ESTABLECE EL TITULO OFICIAL DE LICENCIADO EN CIENCIAS Y TECNOLOGIA DE LOS ALIMENTOS Y LAS DIRECTRICES GENERALES PROPIAS DE SUS PLANES DE ESTUDIOS, DISPONE, EN SU CUARTA DIRECTRIZ, QUE, EN APLICACION DE LO PREVISTO EN LOS ARTICULOS 5. Y 8. , 2, DEL REAL DECRETO 1497/1987, DE 27 DE NOVIEMBRE, POR EL MINISTERIO DE EDUCACION Y CIENCIA SE CONCRETARAN LAS TITULACIONES Y LOS ESTUDIOS PREVIOS DE PRIMER CICLO, ASI COMO LOS COMPLEMENTOS DE FORMACION, NECESARIOS PARA CURSAR ESTAS ENSEÑANZAS.
LA PRESENTE ORDEN DA CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN EL CITADO REAL DECRETO, CONCRETANDO LAS TITULACIONES Y ESTUDIOS PREVIOS DE PRIMER CICLO, ASI COMO LOS COMPLEMENTOS DE FORMACION, CON LOS QUE SE PUEDE ACCEDER A LAS ENSEÑANZAS CONDUCENTES A LA OBTENCION DEL TITULO INDICADO EN EL PARRAFO ANTERIOR, EN TANTO SE REALICEN NUEVAS PROPUESTAS POR EL CONSEJO DE UNIVERSIDADES QUE PERMITAN UNA MAS AMPLIA OFERTA DE POSIBILIDADES DE INCORPORACION A LOS ESTUDIOS DE REFERENCIA.
EN SU VIRTUD,
ESTE MINISTERIO, A PROPUESTA DEL CONSEJO DE UNIVERSIDADES, HA DISPUESTO:
PRIMERO. UNO. PODRAN ACCEDER A LOS ESTUDIOS DE SOLO SEGUNDO CICLO CONDUCENTES AL TITULO DE LICENCIADO EN CIENCIAS Y TECNOLOGIA DE LOS ALIMENTOS QUIENES HAYAN SUPERADO EL PRIMER CICLO DE UNO DE ESTOS ESTUDIOS: LICENCIADO EN FARMACIA, EN VETERINARIA, EN MEDICINA, EN BIOLOGIA, EN QUIMICA E INGENIERO AGRONOMO, Y ASIMISMO QUIENES HAYAN SUPERADO LOS ESTUDIOS CONDUCENTES AL TITULO DE INGENIERO TECNICO EN INDUSTRIAS AGRARIAS Y ALIMENTARIAS, EN HORTOFRUTICULTURA Y JARDINERIA, EN EXPLOTACIONES AGROPECUARIAS Y EN INDUSTRIAS FORESTALES.
DOS. SERA NECESARIO HABER SUPERADO LOS SIGUIENTES COMPLEMENTOS DE FORMACION:
ANALISIS QUIMICO. OPERACIONES BASICAS DEL METODO ANALITICO. ANALISIS INSTRUMENTAL. CON UN TOTAL DE SEIS CREDITOS: CUATRO TEORICOS Y DOS PRACTICAS.
BIOQUIMICA. ESTRUCTURA. ENZIMOLOGIA.
METABOLISMO. BIOLOGIA MOLECULAR E INGENIERIA GENETICA. CON UN TOTAL DE SEIS CREDITOS: CUATRO TEORICOS Y DOS PRACTICOS.
FISICO-QUIMICA.
TERMODINAMICA QUIMICA. FENOMENOS DE SUPERFICIE. FENOMENOS DE TRANSPORTE.
CINETICA QUIMICA. CON UN TOTAL DE SEIS CREDITOS: CUATRO TEORICOS Y DOS PRACTICOS.
FISIOLOGIA. FUNCIONAMIENTO DE LOS ORGANOS, APARATOS Y SISTEMAS HUMANOS. CON UN TOTAL DE CUATRO CREDITOS: TRES TEORICOS Y UNO PRACTICO.
INGENIERIA QUIMICA. BALANCE DE MATERIA Y ENERGIA. REACTORES QUIMICOS.
OPERACIONES DE SEPARACION. CON UN TOTAL DE SEIS CREDITOS: CUATRO TEORICOS Y DOS PRACTICOS.
MATEMATICAS. ANALISIS MATEMATICO. CALCULO. ESTADISTICA.
INFORMATICA. CON UN TOTAL DE SEIS CREDITOS: CUATRO TEORICOS Y DOS PRACTICOS.
MICROBIOLOGIA. MICROBIOLOGIA GENERAL. CON UN TOTAL DE SEIS CREDITOS: CUATRO TEORICOS Y DOS PRACTICOS.
QUIMICA INORGANICA. ESTRUCTURA ATOMICA Y PERIODICIDAD. ENLACE QUIMICO. ELEMENTOS NO METALICOS, METALICOS Y SUS COMPUESTOS.
CON UN TOTAL DE CUATRO CREDITOS: TRES TEORICOS Y UNO PRACTICO.
QUIMICA ORGANICA. TEORIA ESTRUCTURAL DE LOS COMPUESTOS ORGANICOS. ESTEREOQUIMICA.
REACTIVIDAD. SISTEMATICA DE GRUPOS FUNCIONALES. CON UN TOTAL DE SEIS CREDITOS: CUATRO TEORICOS Y DOS PRACTICOS.
SEGUNDO. SE AUTORIZA A LA SECRETARIA DE ESTADO DE UNIVERSIDADES E INVESTIGACION PARA DICTAR CUANTAS DISPOSICIONES SEAN NECESARIAS PARA EL DESARROLLO Y CUMPLIMIENTO DE LA PRESENTE ORDEN.
MADRID, 11 DE SEPTIEMBRE DE 1991.
SOLANA MADARIAGA
EXCMO. SR. SECRETARIO DE ESTADO DE UNIVERSIDADES E INVESTIGACION.
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