EL PRESIDENTE DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA
SEA NOTORIO A TODOS LOS CIUDADANOS QUE EL PARLAMENTO DE CATALUÑA HA APROBADO Y YO, EN NOMBRE DEL REY Y DE ACUERDO CON LO QUE ESTABLECE EL ARTICULO 33.2 DEL ESTATUTO DE AUTONOMIA DE CATALUÑA, PROMULGO LA SIGUIENTE LEY:
EL ARTICULO 39 DE LA LEY DE FINANZAS PUBLICAS DE CATALUÑA ESTABLECE QUE CUANDO NO PUEDA APLAZARSE UN GASTO HASTA EL SIGUIENTE EJERCICIO PRESUPUESTARIO, Y EN EL PRESUPUESTO VIGENTE NO HAYA CREDITO ADECUADO O EL CONSIGNADO SEA INSUFICIENTE Y NO AMPLIABLE, EL GOBIERNO DE LA GENERALIDAD SOLICITARA AL PARLAMENTO LA AMPLIACION DE LA CAPACIDAD DE GASTO PRESUPUESTADO, MEDIANTE LA CONCESION DE UN CREDITO EXTRAORDINARIO O UN SUPLEMENTO DE CREDITO, SEGUN EL CASO.
EN EL EJERCICIO DE 1991 SE HA PRODUCIDO LA CIRCUNSTANCIA SEÑALADA EN DICHA DISPOSICION, Y ES PRECISO AUMENTAR EL GASTO PRESUPUESTADO PARA ATENDER ACTUACIONES URGENTES EN LAS SIGUIENTES AREAS DE GASTO: CREACION DE NUEVAS PLAZAS UNIVERSITARIAS, EXPROPIACIONES Y SERVICIOS AFECTADOS RELACIONADOS CON LAS OBRAS PUBLICAS, AYUDAS EXTRAORDINARIAS AL SECTOR AGRARIO, REHABILITACION DE VIVIENDAS, INSTALACIONES Y NUEVAS ACTUACIONES DE MEDIO AMBIENTE. ESTOS MAYORES GASTOS TIENEN NATURALEZA DE OPERACIONES DE CAPITAL, PUESTO QUE CONSISTEN EN INVERSIONES REALES Y EN TRANSFERENCIAS DE CAPITAL, POR LO CUAL SERAN FINANCIADOS MEDIANTE EL PRODUCTO DEL ENDEUDAMIENTO.
POR OTRA PARTE, ES PRECISO AMPLIAR LAS AUTORIZACIONES FINANCIERAS INCLUIDAS EN LA LEY DE PRESUPUESTOS DE LA GENERALIDAD PARA 1991 PARA ATENDER EL AVAL DE LA GENERALIDAD A LAS OPERACIONES DE CREDITO QUE CONCIERTE EL CONSORCIO DEL MUSEO DE ARTE CONTEMPORANEO DE BARCELONA, Y ACLARAR LA TITULARIDAD PATRIMONIAL DE LOS BIENES DE DOMINIO PUBLICO AFECTADOS A LAS FUNCIONES DE LA UNIVERSIDAD POMPEU FABRA.
ARTICULO 1. 1. SE CONCEDE UN CREDITO EXTRAORDINARIO AL PRESUPUESTO DE LA GENERALIDAD PARA 1991, POR UN IMPORTE DE 10.812.000.730 PESETAS, DESTINADO A OPERACIONES DE CAPITAL, DE ACUERDO CON EL DETALLE DE APLICACIONES PRESUPUESTARIAS QUE SE ESPECIFICA EN EL ANEXO I DE LA PRESENTE LEY.
2. SE CONCEDE UN SUPLEMENTO DE CREDITO AL PRESUPUESTO DE LA GENERALIDAD PARA 1991, POR UN IMPORTE DE 2.012.999.270 PESETAS, DESTINADO A OPERACIONES DE CAPITAL, DE ACUERDO CON EL DETALLE DE APLICACIONES PRESUPUESTARIAS QUE SE ESPECIFICA EN EL ANEXO II DE LA PRESENTE LEY.
3. SE AUTORIZA AL GOBIERNO DE LA GENERALIDAD PARA QUE, A PROPUESTA DEL CONSEJERO DE ECONOMIA Y FINANZAS, EMITA DEUDA PUBLICA O UTILICE EL ENDEUDAMIENTO EN CUALQUIER OTRA MODALIDAD, TANTO EN OPERACIONES EN EL INTERIOR COMO EN EL EXTERIOR, HASTA UN IMPORTE MAXIMO DE 12.825.000.000 DE PESETAS, DESTINADO A FINANCIAR LAS OPERACIONES DE CAPITAL APROBADAS EN LA PRESENTE LEY.
ART. 2. SE AUTORIZA AL GOBIERNO DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA PARA QUE PRESTE EL AVAL SOLIDARIO A LAS OPERACIONES DE CREDITO QUE, HASTA UN IMPORTE DE 2.000.000.000 DE PESETAS DE PRINCIPAL, CONCIERTE EL CONSORCIO DEL MUSEO DE ARTE CONTEMPORANEO DE BARCELONA DURANTE EL EJERCICIO DE 1991.
EL AVAL ESCRITO SERA AUTORIZADO POR EL GOBIENRO DE LA GENERALIDAD, A PROPUESTA CONJUNTA DE LOS CONSEJEROS DE LOS DEPARTAMENTOS DE ECONOMIA Y FINANZAS Y DE CULTURA, Y SERA FIRMADO POR EL CONSEJERO DE ECONOMIA Y FINANZAS O POR LA AUTORIDAD EN QUIEN DELEGUE EXPRESAMENTE.
DISPOSICIONES ADICIONALES
PRIMERA. LOS REMANENTES DE LOS CREDITOS AUTORIZADOS POR LA PRESENTE LEY EXISTENTES A 31 DE DICIEMBRE DE 1991 SE INCORPORARAN AL SIGUIENTE EJERCICIO.
SEGUNDA. SE MODIFICA LA DISPOSICION TRANSITORIA TERCERA DE LA LEY 11/1990, DE 18 DE JUNIO, DE LA UNIVERSIDAD POMPEU FABRA, QUE QUEDA REDACTADA DE LA SIGUIENTE MANERA:
<LA UNIVERSIDAD ASUMIRA LA TITULARIDAD DE LOS BIENES DE DOMINIO PUBLICO DE LA GENERALIDAD AFECTADOS AL CUMPLIMIENTO DE SUS FUNCIONES Y DE AQUELLOS QUE EN EL FUTURO SEAN DESTINADOS POR ESTA A LAS MISMAS FINALIDADES. LA ASUNCION DE LA TITULARIDAD DE LOS BIENES INICIALMENTE AFECTADOS SE HARA EFECTIVA UNA VEZ CONSTITUIDO EL CONSEJO ECONOMICO DE LA UNIVERSIDAD.>
DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA.
SE AUTORIZA AL DEPARTAMENTO DE ECONOMIA Y FINANZAS A DICTAR LAS MEDIDAS PRECISAS PARA EL DESARROLLO Y LA APLICACION DE LA PRESENTE LEY.
SEGUNDA. LA PRESENTE LEY ENTRARA EN VIGOR EL MISMO DIA DE SU PUBLICACION EN EL <DIARIO OFICIAL DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA>.
POR TANTO, ORDENO QUE TODOS LOS CIUDADANOS A LOS QUE SEA DE APLICACION ESTA LEY COOPEREN EN SU CUMPLIMIENTO Y QUE LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES A LOS QUE CORRESPONDA LA HAGAN CUMPLIR.
PALACIO DE LA GENERALIDAD, 4 DE JULIO DE 1991.
MACIA ALAVEDRA I MONER, CONSEJERO DE ECONOMICA Y FINANZAS
JORDI PUJOL, PRESIDENTE DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA
(PUBLICADO EN EL <DIARIO OFICIAL DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA> NUMERO 1.468, DE 17 DE JULIO DE 1991.)
ANEXO I
CREDITO EXTRAORDINARIO
APLICACION PRESUPUESTARIA/EXPLICACION DEL GASTO/IMPORTE-PESETAS
DEPARTAMENTO DE ENSEÑANZA
06.06.600.01/TERRENOS Y BIENES NATURALES/550.000.000
06.06.610.02/EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES/2.974.300.000
06.06.640.02/INVERSIONES EN EQUIPAMIENTOS/169.000.000
06.06.650.02/INVERSIONES MATERIAL INFORMATICO/100.000.000
06.06.740.02/INVERSIONES EN LAS UNIVERSIDADES CATALANAS./297.700.000
06.06.740.06/CREACION NUEVAS PLAZAS/1.909.000.000
TOTAL/6.000.000.000
DEPARTAMENTO DE POLITICA TERRITORIAL
Y OBRAS PUBLICAS
09.01.760.01/A LOS CONSEJOS COMARCALES DEL BAIX LLOBREGAT Y DEL BARCELONES PARA EL PAGO DE EXPROPIACIONES/737.000.730
TOTAL/737.000.730
DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
10.03.772.04/AYUDAS EXTRAORDINARIAS HELADAS PARA COOPERATIVAS/169.000.000
10.03.782.01/AYUDAS EXTRAORDINARIAS HELADAS PARA EXPLOTACIONES AGRARIAS ALMENDROS Y AVELLANOS/156.000.000
TOTAL/ 325.000.000
DEPARTAMENTO DE BIENESTAR SOCIAL
20.02.740.01/TRANSFERENCIAS DE CAPITAL A <ADMINISTRACIO, PROMOCIO I GESTIO, SOCIEDAD ANONIMA> (ADIGSA) /250.000.000
TOTAL/250.000.000
DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE
22.01.610.01/INVERSIONES EN EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES/2.500.000.000
22.01.640.01/INVERSIONES EN MOBILIARIO Y UTENSILIOS/30.000.000
22.01.650.01/INFORMATIZACION DEL DEPARTAMENTO /85.000.000
22.01.680.01/INVERSIONES EN INMOVILIZADO INMATERIAL/55.000.000
22.01.761.02/PLAN DE RESIDUOS SOLIDOS URBANOS/670.000.000
22.01.761.03/PROTECCION AMBIENTE ATMOSFERICO/90.000.000
22.01.781.01/RESTAURACION DE ESPACIOS NATURALES AFECTADOS POR ACTIVIDADES EXTRACTIVAS /70.000.000
TOTAL/3.500.000.000
TOTAL CREDITO EXTRAORDINARIO/10.812.000.730
ANEXO II
SUPLEMENTO DE CREDITO
APLICACION PRESUPUESTARIA/EXPLICACION DEL GASTO/IMPORTE-PESETAS
DEPARTAMENTO DE POLITICA TERRITORIAL
Y OBRAS PUBLICAS
09.01.600.02/INVERSIONES EN TERRENOS Y BIENES NATURALES PARA EXPROPIACIONES /962.999.270
09.01.670.01/INVERSIONES EN OTRO INMOVILIZADO MATERIAL /300.000.000
09.08.781.02/REHABILITACION RURAL Y URBANA. REHABILITACION DE VIVIENDAS /750.000.000
TOTAL/2.012.999.270
TOTAL SUPLEMENTO DE CREDITO 2.012.999.270
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