LAS CANTIDADES DESTINADAS A RECOGER LA DEPRECIACION SISTEMATICA DE LOS VALORES DEL INMOVILIZADO, MATERIAL O INMATERIAL, SON GASTO DEDUCIBLE SIEMPRE QUE CONCURRAN LOS REQUISITOS DE CONTABILIZACION Y EFECTIVIDAD.
LAS DIFICULTADES INHERENTES A LA PRUEBA DE LA CUANTIA DE LA DEPRECIACION PRODUCIDA MOVIERON AL LEGISLADOR A ESTABLECER UN PROCEDIMIENTO QUE EVITARA CONTROVERSIAS ENTRE LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA Y LOS CONTRIBUYENTES. CON ESTA FINALIDAD EL ARTICULO 39 DE LA LEY DE REFORMA TRIBUTARIA DE 1940 AUTORIZO AL MINISTERIO DE HACIENDA A FIJAR LOS COEFICIENTES MAXIMOS DE AUTORIZACION.
LA ORDEN DE 23 DE FEBRERO DE 1965 APROBO LA TABLA DE COEFICIENTES ANUALES DE AMORTIZACION DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 83 DE LA LEY 41/1964, DE REFORMA DEL SISTEMA TRIBUTARIO. SU APLICACION GENERALIZADA POR LOS OBLIGADOS TRIBUTARIOS DA LA MEDIDA DE SUS CUALIDADES PRACTICAS.
SIN EMBARGO, EL PROGRESO DE LA TECNICA HACE PRECISO ACTUALIZAR PERIODICAMENTE ESTE VALIOSO INSTRUMENTO DE LA TECNICA TRIBUTARIA, A CUYO EFECTO SE DICTO LA ORDEN DE 7 DE JUNIO DE 1978, REGULADORA DE LOS COEFICIENTES DE AMORTIZACION APLICABLES A LOS EQUIPOS ELECTRONICOS PARA EL TRATAMIENTO DE LA INFORMACION.
LA EXPERIENCIA ACUMULADA EN LOS ULTIMOS AÑOS ACONSEJA INCREMENTAR LOS MENCIONADOS COEFICIENTES, PUES ES LO CIERTO QUE LA EVOLUCION DE TECNOLOGIA ELECTRONICA HA DETERMINADO AGUDOS FENOMENOS DE OBSOLESCENCIA.
LA PRESENTE DISPOSICION ES EL PRIMER PASO DE UN PROCESO DE ACTUALIZACION DE LAS VIGENTES TABLAS DE AMORTIZACION QUE HABRA DE CONCLUIR EN SU ADAPTACION A LA REALIDAD DE NUESTRAS EMPRESAS, RECOGIENDO LA SENTIDA Y JUSTIFICADA ASPIRACION DE QUE LOS COEFICIENTES REFLEJEN PLENAMENTE LA VIDA ECONOMICA DE LOS DIVERSOS ELEMENTOS,
ESTE MINISTERIO, HACIENDO USO DE LA AUTORIZACION CONFERIDA POR LA DISPOSICION ADICIONAL PRIMERA DE LA LEY 61/1978, DE 27 DE DICIEMBRE, DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES, SE HA SERVIDO DISPONER:
PRIMERO. SE APRUEBAN LOS SIGUIENTES COEFICIENTES ANUALES DE AMORTIZACION, QUE ENTRARAN EN VIGOR PARA LOS EJERCICIOS QUE SE INICIEN A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 1991.
SEGUNDO. EN CUANTO A LOS ELEMENTOS DEL ACTIVO QUE SE ENCUENTREN EN PERIODO DE AMORTIZACION EN EL MOMENTO DE ENTRADA EN VIGOR DE LOS NUEVOS COEFICIENTES, SE PROCEDERA COMO SIGUE:
A) LOS COEFICIENTES MAXIMOS SE APLICARAN SOBRE LOS VALORES CONTABLES O DE ADQUISICION.
B) LA AMORTIZACION ACUMULADA REALIZADA PARA CADA ELEMENTO DEL ACTIVO SE DIVIDIRA POR EL RESULTADO DE APLICAR EL COEFICIENTE MAXIMO AL VALOR BASE AMORTIZABLE DEL MISMO. EL COEFICIENTE ENTERO POR DEFECTO OBTENIDO REPRESENTARA LOS AÑOS TEORICOS DE UTILIZACION ANTERIOR, QUE RESTADOS DEL PERIODO MAXIMO EXPRESADO EN LAS TABLAS, DETERMINARA EL PERIODO EN QUE SE ADMITIRA SU AMORTIZACION.
COEFICIENTE MAXIMO-PORCENTAJE/PERIODO MAXIMO-MES
RAMA V. BANCA, AHORRO Y CREDITO
SECCION UNICA, BANCA, AHORRO Y CREDITO
EQUIPOS ELECTRONICOS PARA EL TRATAMIENTO DE LA INFORMACION, ORDENADORES, MAQUINAS PARA EL PROCESO DE DATOS, UNIDADES PERIFERICAS, DE ENTRADA, PROCESO, MEMORIA Y SALIDA DE DATOS, INCLUSO MEDIANTE IMPRESORA, Y SUS ACCESORIOS/25/6
ANEXO III. OFICINAS ADMINISTRATIVAS,
TECNICAS Y SERVICIOS MEDICOS
SECCION UNICA. SERVICIOS DE OFICINAS GENERALES, OFICINAS TECNICAS Y SERVICIOS DE ADMINISTRACION, SEAN COMPLEMENTARIOS DE UNA ACTIVIDAD PRODUCTIVA O DE SERVICIOS, O CONSTITUYAN POR SI SOLAS UNA ACTIVIDAD ECONOMICA INDEPENDIENTE
SERVICIOS MEDICO-SOCIALES DE TODAS LAS ACTIVIDADES
ECONOMICAS
EQUIPOS ELECTRONICOS PARA EL TRATAMIENTO DE LA INFORMACION, ORDENADORES, MAQUINAS PARA EL PROCESO DE DATOS, UNIDADES PERIFERICAS, DE ENTRADA, PROCESO, MEMORIA Y SALIDA DE DATOS, INCLUSO MEDIANTE IMPRESORA, Y SUS ACCESORIOS/25/6
DISPOSICION DEROGATORIA
A PARTIR DE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA PRESENTE DISPOSICION QUEDA DEROGADA LA ORDEN DE 7 DE JUNIO DE 1978.
LO QUE COMUNICO A V. I. PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS.
MADRID, 31 DE MAYO DE 1991.
SOLCHAGA CATALAN
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid