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Documento BOE-A-1990-9665

Resolución de 24 de abril de 1990, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se dispone la primera emisión de Bonos del Estado en ECUs.

Publicado en:
«BOE» núm. 101, de 27 de abril de 1990, páginas 11419 a 11419 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1990-9665
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1990/04/24/(1)

TEXTO ORIGINAL

EL REAL DECRETO 86/1990, DE 26 DE ENERO, DISPUSO QUE EL MINISTRO DE ECONOMIA Y HACIENDA PODRA AUTORIZAR EMISIONES DE DEUDA DEL ESTADO DURANTE EL AÑO 1990 HASTA EL LIMITE FIJADO EN EL ARTICULO 58 DE LA LEY 37/1988, DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA 1989, PRORROGADO PARA 1990 POR EL ARTICULO 6. DEL REAL DECRETO-LEY 7/1989, DE 29 DE DICIEMBRE, SOBRE MEDIDAS URGENTES EN MATERIA PRESUPUESTARIA, FINANCIERA Y TRIBUTARIA.

EN VIRTUD DE LA CITADA AUTORIZACION, LA ORDEN DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA DE 23 DE MARZO DE 1990 AUTORIZO LA EMISION DE DEUDA DEL ESTADO EN ECUS DURANTE 1990 Y ENERO DE 1991, DELEGANDO EN LA DIRECCION GENERAL DEL TESORO Y POLITICA FINANCIERA LA CONCRECION DE LOS IMPORTES, FECHAS Y DEMAS EXTREMOS DE DICHAS EMISIONES.

POR ELLO, Y EN USO DE LAS AUTORIZACIONES CONTENIDAS EN LA CITADA ORDEN, ESTA DIRECCION GENERAL HA RESUELTO:

PRIMERO. 1.1 DISPONER LA REALIZACION DE UNA PRIMERA EMISION DE BONOS DEL ESADO EN ECUS POR UN IMPORTE DE 500 MILLONES DE ECUS. 1.2 LA EMISION SE ADJUDICARA MEDIANTE SUBASTA ENTRE UN GRUPO RESTRINGIDO DE COLOCADORES AUTORIZADOS QUE ADQUIRIRAN COMPROMISOS ESPECIALES RESPECTO DE LA COLOCACION DE ESTA DEUDA, Y EN PARTICULAR SU ASEGURAMIENTO Y DEL FUNCIONAMIENTO DE SU MERCADO.

SEGUNDO. CARACTERISTICAS DE LOS BONOS:

2.1 ESTARAN REPRESENTADOS POR TITULOS AL PORTADOR CUYO VALOR NOMINAL PODRA SER DE 100, 1.000 O 10.000 ECUS.

2.2 SU FECHA DE EMISION SERA EL 22 DE MAYO DE 1990 Y SE AMORTIZARAN A LA PAR EL 22 DE MAYO DE 1995, SIN POSIBILIDAD DE REEMBOLSO ANTICIPADO.

2.3 EL TIPO DE INTERES NOMINAL SERA DEL 10,75 POR 100, PAGADERO POR ANUALIDADES VENCIDAS. LA PRIMERA FECHA DE PAGO DE CUPON SERA EL 22 DE MAYO DE 1991.

2.4 EL PRECIO DE LA EMISION SERA EL 100,20 POR 100 DE SU VALOR NOMINAL.

TERCERO. SE AUTORIZA LA LIBRE COTIZACION, NEGOCIACION Y CIRCULACION EN ESPAÑA DE LOS BONOS A QUE SE REFIERE LA PRESENTE RESOLUCION.

CUARTO. LOS BONOS DEL ESTADO EN ECUS TENDRAN LA CONSIDERACION DE EFECTOS PUBLICOS EN CUANTO A SU ADMISION A COTIZACION OFICIAL EN LAS BOLSAS ESPAÑOLAS DE VALORES.

ASIMISMO PODRAN SER INCLUIDOS EN EL SISTEMA DE LIQUIDACION Y COMPENSACION DE OPERACIONES EN BOLSA Y DEPOSITO DE VALORES MOBILIARIOS, PREVISTO EN EL DECRETO 1128/1974, DE 25 DE ABRIL.

MADRID, 24 DE ABRIL DE 1990. EL DIRECTOR GENERAL, MANUEL CONTHE GUTIERREZ.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 24/04/1990
  • Fecha de publicación: 27/04/1990
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
Materias
  • Deuda Pública
  • Títulos valores

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