LA ORDEN DE 10 DE ENERO DE 1989 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL 28) RECOGIO EN UNA SOLA NORMA TODOS LOS PROGRAMAS DE ACTUACION EN FAVOR DE LOS EMIGRANTES.
DICHA NORMA HA VENIDO A CULMINAR UN PROCESO DE SISTEMATIZACION Y ORDENACION DE LAS DISTINTAS COMPETENCIAS Y FUNCIONES ATRIBUIDAS A LA DIRECCION GENERAL DEL INSTITUTO ESPAÑOL DE EMIGRACION POR EL REAL DECRETO 530/1985, DE 8 DE ABRIL, Y LA LEY 33/1971, DE 21 DE JULIO, DE EMIGRACION.
LA NECESIDAD DE CONSOLIDAR DICHOS PROGRAMAS, EL EXITO ALCANZADO Y LA CONVENIENCIA DE ESTABLECER DESDE LOS PRIMEROS DIAS DEL AÑO LAS FORMALIDADES Y PLAZOS PARA SU EJECUCION, ACONSEJAN MANTENER PARA EL AÑO 1990 LA MISMA REGULACION QUE EN AÑOS ANTERIORES.
EN SU VIRTUD, HE TENIDO A BIEN DISPONER:
ARTICULO 1. SE PRORROGAN PARA EL AÑO 1990 LOS PROGRAMAS DE ACTUACION EN FAVOR DE LOS EMIGRANTES REGULADOS EN LA ORDEN DE 10 DE ENERO DE 1989 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL 28).
ART.
2. LOS PLAZOS QUE EN LA CITADA ORDEN SE REFIEREN AL AÑO 1989 SE ENTIENDEN REFERIDOS A LAS MISMAS FECHAS DE 1990. LA CONVOCATORIA DE BECAS <REINA SOFIA>, DEL PROGRAMA 13, SE REFERIRA AL CURSO ACADEMICO 1990-1991.
DISPOSICION FINAL
LA PRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR AL DIA SIGUIENTE DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.
MADRID, 28 DE DICIEMBRE DE 1989.
CHAVES GONZALEZ
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid